Nuevo fallo de la Corte contra Scioli: no se podrá trasladar presos sin aval de un juez

En la resolución, el Tribunal bonaerense asegura que esa práctica resulta arbitraria y que se decide como forma de “tormento” contra los detenidos. A pocas... Por Cuarto Intermedio

En la resolución, el Tribunal bonaerense asegura que esa práctica resulta arbitraria y que se decide como forma de “tormento” contra los detenidos.

A pocas horas de ordenar la suspensión de la ley de excarcelaciones, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires dictó otra resolución que apunta a la política de seguridad de la administración de Daniel Scioli, a través de la cual dispone que los jueces deberán autorizar al Servicio Penitenciario a realizar traslados de detenidos, al reconocer que se aplican en forma “arbitraria”.

Como en la medida cautelar contra la ley de excarcelaciones, esta nueva resolución fue dictada por la Corte bonaerense a partir de un planteo de la Comisión Provincial por la Memoria que había impulsado un hábeas corpus colectivo contra los traslados, al considerar que son “una práctica de tortura diseñada para el sufrimiento y castigo de las personas detenidas”.

El planteo fue rechazado por el Tribunal de Casación. Pero la Comisión por la Memoria apeló la sentencia. Ahora, la Corte respaldó la postura de ese organismo y ordenó que no se trasladen detenidos sin orden del juez, salvo casos excepcionales.

El aval de un juez a los traslados, dice en su fallo la Corte, “es la forma adecuada de evitar las transgresiones legales, constitucionales y transnacionales acreditadas, teniendo en cuenta que, en ciertas circunstancias, se pueden manifestar como un trato cruel e inhumano que debe ser controlado”.

Además, la Corte hizo notar que su decisión busca “hacer cesar el agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención” en las cárceles de la provincia y, en los argumentos del fallo, indicó que los traslados de presos no pueden utilizarse como una herramienta de castigo, ya que eso además de ilegal, puede generar responsabilidad internacional a la Provincia.

Desde la CPM celebraron el fallo, al que calificaron como “trascendente”, porque, dijeron, “desnuda el funcionamiento arbitrario del sistema de traslados del Servicio Penitenciario al ordenar que se termine con la discrecionalidad que viola derechos fundamentales de las personas detenidas”.

“Es un llamado a los jueces a cumplir con sus responsabilidades. Hasta ahora, los jueces delegaban en el servicio penitenciario los traslados y muchos ni siquiera sabían dónde estaban las personas a su cargo. Y esos traslados son torturas. Además, la resolución fortalece el estado de derecho y marca un límite a las violaciones de derechos humanos. Esta democracia no puede tolerar la tortura”, se agregó desde el organismo.