Fiscal sugiere revocar fallo contra 0-800 para denunciar proselitismo en las escuelas

Una fiscal recomendó revocar el fallo que frenó el 0-800 pensado por el gobierno porteño para denunciar las supuestas actividades proselitistas de “La Cámpora” en... Por Cuarto Intermedio

Una fiscal recomendó revocar el fallo que frenó el 0-800 pensado por el gobierno porteño para denunciar las supuestas actividades proselitistas de “La Cámpora” en escuelas públicas.

Pero lo hizo argumentando que el fallo de primera instancia no cumplió con requisitos formales, y aconsejando que más allá de dejarlo sin efecto, se mantengan vigentes las medidas cautelares que acotan sólo a los delitos penales la recepción de llamados en la línea gratuita.

“Entiendo que se deberían revocar las resoluciones atacadas”, opinó la fiscal Karina Cicero. Pero lo hizo criticando las formalidades que en agosto del año pasado utilizó la jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Elena Liberatori, para dictar primero una medida cautelar y luego una resolución de fondo sobre el número 0800 444 2400.

La resolución le ordenaba al Ministerio de Educación porteño “abstenerse de ejercer potestad sancionadora alguna en relación a estudiantes y docentes de escuelas públicas con base en hechos y conductas denunciados anónimamente; hacer saber a la comunidad en un plazo razonable, quiénes son los funcionarios a cargo de operar la línea y de analizar y clasificar esa información, y ratificar mediante resolución ministerial el nuevo protocolo de funcionamiento”.

El gobierno porteño apeló el fallo y la causa llegó a la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario. Y la fiscal Cicero advirtió que en el planteo judicial inicial se le había pedido a la jueza que “se declare la inconstitucionalidad de los actos por los cuales se ha implementado la línea de atención telefónica para recibir denuncias sobre intromisión política y el cese de la alegada persecución política a jóvenes militantes”. Y en la resolución “se hace lugar a la acción de amparo pero, sin embargo, no declara inconstitucionalidad alguna, ni ordena medidas en los términos de la demanda incoada, u otras vinculadas con claridad respecto del protocolo acompañado”. En consecuencia, se afectó el “principio de congruencia” y hay que revocar el fallo.

“Entiendo que se deberían revocar las resoluciones atacadas y, en su caso, dictar un nuevo pronunciamiento, sin perjuicio de las medidas cautelares que, en su caso, se estimare conveniente adoptar”, resumió la fiscal Cicero.