Acuerdo para convertir en ley el proyecto de Juicios por Jurados en la Provincia de Buenos Aires

El Senado bonaerense sancionará el proyecto impulsado. Se aplicará para delitos con penas que no superen los 15 años. La Cámara de Senadores bonaerense debatirá... Por Cuarto Intermedio

El Senado bonaerense sancionará el proyecto impulsado. Se aplicará para delitos con penas que no superen los 15 años.

La Cámara de Senadores bonaerense debatirá el proyecto de ley que incorpora en la Provincia de Buenos Aires el Juicio por Jurados para delitos cuya pena exceda los 15 años de prisión.

La iniciativa sería entonces transformada en ley, ya que a fin del año pasado había sido aprobada por la Cámara de Diputados.

La Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos de la Cámara alta dio dictamen favorable a la iniciativa que establece que el Tribunal de jurados conocerá en los delitos cuya pena máxima en abstracto exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, alguno de ellos supere dicho monto.

El proyecto, que fue aprobado en diciembre pasado en Diputados y que ahora sería apoyado por todas las bancadas, prevé que el jurado estará compuesto por 12 ciudadanos titulares y 6 suplentes que serán elegidos por sorteo del padrón electoral, y recibirán instrucciones de un juez, quien les indicará el encuadre jurídico de la cuestión a resolver.

Además, establece que luego del debate el jurado decidirá en torno de la inocencia o culpabilidad del ciudadano sometido a proceso.

Determina también que el veredicto de culpabilidad requerirá como mínimo de diez votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas y si el delito por el que fuera calificado legalmente el hecho en que se sustenta la acusación tuviera prevista pena de prisión o reclusión perpetua, se requerirá unanimidad de votos afirmativos.

Para ser miembro de un jurado se deberá ser argentino nativo o naturalizado con no menos de cinco años de ciudadanía, tener entre 21 y 75 años, entender plenamente el idioma nacional y gozar de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño del cargo.

La Junta Electoral de la Provincia confeccionará anualmente, por sorteo en audiencia pública, los listados principales de ciudadanos que cumplen con esos requisitos, discriminados por Departamento Judicial y por sexo, a razón de un jurado por cada mil electores masculinos y femeninos empadronados en el registro general actualizado.