Código Penal: quieren cabalgar un tigre

Simplificando, desde el Frente Renovador, hemos dicho que el anteproyecto de Código Penal redactado por una comisión encabezada por el juez supremo Raúl Zaffaroni es,... Por Cuarto Intermedio

Simplificando, desde el Frente Renovador, hemos dicho que el anteproyecto de Código Penal redactado por una comisión encabezada por el juez supremo Raúl Zaffaroni es, más que garantista, lisa y llanamente abolicionista.

Garantistas somos todos porque así lo establece la Constitución y tenemos la convicción de respetarla a rajatabla. Abolición es otra cosa, diametralmente diferente.

El anteproyecto suprime la prisión. Se sustenta en que las cárceles son horribles, escuelas terciarias del delito, enfermas y sucias, contrariamente al mandato constitucional de “sanas y limpias”. Los codificadores deberían haber partido de ese punto y en vez de literalmente tender a terminar con la cárcel, proponer un nuevo régimen penitenciario, por ejemplo, establecimientos abiertos, con trabajo para los reclusos, estudio, deporte, para promover la recuperación social de los internos.

El texto despenaliza 17 delitos, entre ellos el proxenetismo, la promoción de prostitución de mayores, la tenencia de pornografía infantil; posibilita la excarcelación de 8 cada 10 tipos penales, es decir el 82%; son 166 delitos excarcelables; baja la pena para 146 crímenes; 174 delitos pueden ser suspendidos a prueba, esto es que podrían penarse con medidas alternativas a la prisión; elimina la reincidencia como agravante: ante el nuevo delito, el procesado responde por ese hecho, con prescindencia de los antecedentes. Dicen que si se tienen en cuenta los anteriores se lo estaría juzgado dos veces en violación del ‘non bis in idem’; el concepto de peligrosidad -que se sustenta en los antecedentes del delincuente- es eliminado y con ello la sociedad desprotegida.

Frontalmente, debe señalarse que para este anteproyecto da lo mismo ser violador serial que ocasional.

Entre los tipos penales que disminuyen la pena están el proxenetismo, el narcotráfico, la trata de personas y de menores, robo armado, robo seguido de muerte, reducción a servidumbre, secuestro, sustracción de menor, abuso sexual, promoción de prostitución de menores, el homicidio culposo en ocasión de robo, la extorsión y el contrabando agravado por intervenir un funcionario público, por el monto o por la mercancía.

La reducción generalizada de penas produce un efecto devastador para el sistema punitivo: como la mayoría de las condenas sería de 3 años, todos los delitos terminarán siendo excarcelables.

Hay una vasta amnistía disfrazada de reforma del Código Penal. En efecto, es sabido que en materia punitiva siempre se aplica la ley más benigna y que rige la retroactividad. Miles de condenados actuales podrían peticionar la revisión de sus sentencias de modo que se reduzcan sus penas y consecuentemente salir a la sociedad portando su peligrosidad.

El anteproyecto no incursiona mayormente en tres institutos esenciales: el control de la ejecución de la pena; el seguimiento de los excarcelados por probation u otras penas alternativas -multas, detención domiciliaria, detención de fin de semana, residencia obligatoria en un área o ciudad, labores comunitarias, entre ellas- y el patronato de liberados, esto es el control de por vida del delincuente que purgó su crimen, pero que la sociedad lo ayuda a reinsertarse y simultáneamente lo vigila para que no reincida, acotando así su potencial peligrosidad.

Para penas de entre 3 y 10 años, cumplida la mitad el juez podrá excarcelar. Para mayores de 10 años, esa facultad es a partir de los dos tercios.

Se elimina la prisión perpetua. La pena máxima es de 30 años.

En este contexto, por caso, un abusador sexual ultrajante podría cumplir su castigo realizando un trabajo comunitario en …una escuela !!!

El art.41 del anteproyecto da prerrogativa al juez para intervenir en una pena ya establecida para evitar o limitar algún efecto de la misma, como por ejemplo, las deplorables condiciones de la cárcel.

En el caso de Angeles Rawson, con este texto, las heridas que la víctima le causó al presunto asesino Mangeri, son un atenuante para el homicida. Eso mismo pasa si un ladrón en su fuga salta un muro y se quiebra la cadera. Esa circunstancia mitiga la pena que le cabe ¡Desopilante, pero cierto!

Si un policía que reprime un delito flagrante y responde a los tiros que le lanzan llega a herir a uno de los criminales, esto configura un atenuante para los antisociales que están robando y amedrentando a toda la vecindad.

El anteproyecto omite un elemento básico: la pena de prisión es, además de condigno castigo, un elemento de seguridad para la sociedad. Ésta, acá y en el mundo entero, quiere a los antisociales adentro de las cárceles porque afuera son un peligro. Es que la centralidad del texto es el delincuente al que se lo piensa como la verdadera víctima de un sistema socio-político-económico injusto que lo indujo a delinquir. Esa es la falacia en la que se sustenta. La otra premisa falsa es que como los establecimientos carcelarios serían inmejorables, la solución es poner fin a la idea de prisión. A cárceles malas, terminar con las cárceles.

El anteproyecto tiene su eje en el pesimismo respecto de la construcción de un régimen virtuoso y completo. Como la policía y los penitenciarios serían incorregibles y los delincuentes son el resultado de la injusticia social intrínseca -a pesar de los multimillonarios gastos o ‘inversiones’ sociales que realiza el Ministerio a cargo de la señora cuñada presidencial-, la solución es terminar con las penas y sobre todo con las cárceles.

El paroxismo es el punto en que para examinar los antecedentes del delincuente se requiere su autorización y que el registro caduca a los 8 años. También se halla otra perla negra: mientras el candidato oficialista bonaerense habló en la última campaña de bajar la edad de imputabilidad, en este anteproyecto se la sube a los 21 años.

No se podrán crear bancos de datos para la investigación criminal, por caso, genéticos ¡El colmo de la impunidad!

En diciembre de 2012 se agravó por ley 26791 las penas por violencia de género. Pues, este texto elimina el agravante por esa circunstancia.

Quienes tienen asegurada su libertad son las personas adineradas: resarcirán con multa su delito y a otra cosa.

Sabemos que al delito no se lo combate sólo con el Código Penal. Y también somos conscientes que jamás se lo combatirá sin Código Penal o con la entronización de la impunidad.

El Dr. Zaffaroni y los codificadores adláteres quisieron cabalgar un tigre. Es peligroso, tanto como a los peligrosos que quieren dejar sueltos.

*Diputado nacional del Frente Renovador