Sobreseen a dos fiscales y a un policía que eran investigados por presunto “tráfico de influencias”

La Cámara Federal sobreseyó a un policía de alto rango, a dos fiscales y al hijo de un juez federal investigados por el presunto delito... Por Cuarto Intermedio

La Cámara Federal sobreseyó a un policía de alto rango, a dos fiscales y al hijo de un juez federal investigados por el presunto delito de “tráfico de influencias” en una serie de causas, entre ellas, una que involucraba el saneamiento de la cuenca Matanza – Riachuelo.

La Sala Primera del tribunal, con las firmas de los jueces Jorge Luis Ballestero, Eduardo Farah y Eduardo Freiler, sobreseyó al fiscal de Cámara Ricardo Sáenz; a su colega de instrucción Martín Mainardi; al policía federal Marcelo Pecorelli y al abogado Sebastián Rodríguez Barbaró, hijo del juez federal de Morón, Jorge Rodríguez.

Hace un año, el juez de instrucción Juan Ramos Padilla denunció ante la Procuración General de la Nación que el fiscal Sáenz interfirió en una investigación contra un comisario de la Policía Federal acusado de irregularidades en la División Asuntos Jurídicos de la fuerza.

Ramos Padilla investigaba por entonces al comisario Pecorelli, imputado por haber presuntamente prestado asistencia a uniformados investigados por actos de servicio que no eran tales, y por haber asistido en su estudio particular a querellados en causas penales, entre ellos el intendente de Tres de Febrero, Hugo Curto, cuando estaba inhabilitado para hacerlo.

Pero Ramos Padilla fue apartado de la causa; el juez federal Luis Rodríguez, en quien recayó el expediente, sobreseyó a todos los investigados, y ahora la Cámara ratificó esa decisión.

El tribunal decretó la nulidad de las escuchas telefónicas que había posibilitado a Ramos Padilla formular la imputación: “debe repararse en que las conversaciones aquí intervenidas correspondían a los abonados telefónicos de un letrado con lo cual, a la par de la ilegítima intromisión en su esfera de privacidad, también resultó afectado el secreto que debe tutelar la libre comunicación entre abogado y cliente. Esto obligaba al juez a exhibir una mayor cautela en su obrar, mas nada de ello se verificó en el particular”.