Rechazan revisar sentencia contra tres acusados por delitos de lesa humanidad

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos que las defensas de tres represores presentaron contra la sentencia por la que fueron condenados a... Por Cuarto Intermedio

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos que las defensas de tres represores presentaron contra la sentencia por la que fueron condenados a prisión perpetua por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura.

Se trata de los casos de Manuel Saint Amant, Antonio Federico Bossié y Jorge Muñoz, a quienes el Tribunal Oral Federal Dos de Rosario condenó por cinco homicidios agravados (entre ellos los de dos niños) privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos y robo a las víctimas.

Los hechos ocurrieron el 19 de noviembre de 1976 en el inmueble de Juan B. Justo 676 de la localidad de San Nicolás, y tuvieron como víctimas fatales a Ana María Granada, a los cónyuges Omar Amestoy y María Fettolini (los tres presuntos miembros de la organización Montoneros), y a los hijos del matrimonio, Fernando y María Eugenia Amestoy, de dos y cinco años de edad.

Según las defensas, las víctimas mayores de edad estaban armadas, Granada murió tras intercambiar disparos con un policía, Amestoy mató a su esposa y luego se suicidó y los niños no fallecieron por efecto de gases lacrimógenos, sino por la inhalación de humo tóxico -en la vivienda- por la combustión de documentación.

La Sala III de la CFCP recordó que el día del operativo un centenar de efectivos del Batallón de Ingenieros de Combate 101 del Ejército Argentino (donde actuaban Saint Amant y Bossié) y de la Policía Federal (a cargo de Muñoz) y de la provincia de Santa Fe, se presentaron en horas de la madrugada para detener a los moradores de la vivienda.

“La existencia de un enfrentamiento armado no puede ser convalidada”, aún “teniendo por cierto” que en la vivienda se hubiera encontrado armamento, por ser “por demás insuficientes” para sostener una “resistencia” debido a “la desigualdad de fuerzas que evidenciaban uno y otro bando”.

El tribunal expuso que “la forma en la que actuaron quienes resultan hoy imputados solo resulta comprensible en el marco de un sistema represivo que les otorgó autoridad y medios para emprender tan feroz ataque contra una vivienda en la que habían tres niños de corta edad, y que les aseguró luego impunidad frente al brutal hecho cometido”.

En tal sentido repasó que “de los seis ocupantes de la vivienda atacada, cinco de ellos perdieron sus vidas”, en tanto que “los miembros de las fuerzas conjuntas que concurrieron al lugar no registraron en cambio ninguna baja ni heridos”.