Condenan a ex funcionario del Ministerio de Salud por el delito de “peculado”

La Cámara Federal de Casación Penal condenó a un ex funcionario del Ministerio de Salud que fue denunciado por autoridades de esa cartera por quedarse... Por Cuarto Intermedio

La Cámara Federal de Casación Penal condenó a un ex funcionario del Ministerio de Salud que fue denunciado por autoridades de esa cartera por quedarse con más de 37.000 pesos destinados al arreglo de una camioneta para “jugarlo en la ruleta”, y que había sido absuelto en el juicio oral por su “adicción enfermiza a los juegos de azar”.

La Sala Cuarta resolvió “casar” (revocar) el fallo del Tribunal Oral en lo Federal Cuatro que había absuelto a Ángel Esquivel y lo condenó por el delito de “peculado” remitiendo nuevamente el expediente a la instancia anterior “para fijar el monto de la pena condena acorde a los parámetros expuestos”.

“Resulta insoslayable tener en cuenta el carácter de funcionario público que ostentara el imputado, pues la conducta que de un representante del Estado espera la sociedad es muy diversa a aquella que puede aguardarse de un ciudadano que no se encuentra inmiscuido en la función pública en orden a la vulneración de la ley”, se afirma en uno de los párrafos del fallo.

Los camaristas Juan Carlos Gemignani y Eduardo Rafael Riggi -con la disidencia de su colega Gustavo Hornos- sostuvieron que “corresponde casar la resolución que absolvió al imputado con fundamento en que la acusación fiscal no había acreditado con plena certeza que al momento de la perpetración del injusto -no restituir la suma percibida pese a los insistentes reclamos- el encausado haya podido dirigir sus acciones de modo de ajustar su comportamiento a las exigencias del orden jurídico”.

“Ninguna de las hipótesis previstas en el artículo 34 inciso primero del Código Penal (que detalla la inimputabilidad) se corrobora en la causa, dado que los profesionales intervinientes fueron contestes en afirmar que la capacidad del imputado no se vio afectada por la adicción al juego”, sostuvo el voto mayoritario.

En su disidencia, Hornos entendió que “luce razonable y suficientemente fundado de conformidad con las reglas de la sana crítica, que se arribó a un estado de duda insuperable acerca de que el acusado haya padecido en el momento del hecho de una patología: la ludopatía, que haya incidido en el ámbito de su autodeterminación a la hora de disponer del dinero de la repartición pública”.

En noviembre de 2013 el TOF4, con los votos de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, más la disidencia de Néstor Costabel, absolvió al imputado quien había sido denunciado por los abogados del Ministerio porque “a pesar de haber sido intimado al efecto, no rindió cuentas ni devolvió la suma de 37.820 pesos que le fueron entregados en agosto de 2006 para la reparación de una camioneta Ford Ranger” cuando “se encontraba a cargo del Área de Automotores”.

El tribunal evaluó que el imputado “reconoció el suceso” y, en ese contexto, “dispuso en provecho propio el dinero líquido que recibió”, que “nunca fue restituido” y además “generó demoras significativas en la reparación del vehículo, lo que implicó que por tal lapso este no pudiera aplicarse a las necesidades de logística del Ministerio”.

Pero el voto mayoritario consideró que “no ha podido acreditar con plena certeza que, al momento de la perpetración del injusto que se le enrostra, el encausado haya podido dirigir sus acciones de modo de ajustar su comportamiento a las exigencias del orden jurídico”.

Para ello, valoró que como consecuencia de su conducta patológica respecto del juego se sometió voluntariamente a un tratamiento en el año 2009, por lo que “es razonable entender que esa adicción incidió en el injusto cometido” ya que “parece bastante probable que esa misma impulsividad o compulsión que por tantos años lo llevó a apostar dinero, también pudo haber incidido en su ámbito de autodeterminación a la hora de disponer del dinero de la repartición pública”.