Caso Bercún: el diario La Nación sigue sin acatar la decisión judicial

El matutino continúa negándose a publicar en su portada la verdad sobre un suceso que nunca existió pese a que la Justicia le indicara que... Por Cuarto Intermedio

El matutino continúa negándose a publicar en su portada la verdad sobre un suceso que nunca existió pese a que la Justicia le indicara que así lo hiciera. Agotadas las instancias legales a las que recurrió, ahora resta que desde los tribunales hagan que se respete su fallo.

Pese a que la Justicia se pronunció para que el diario La Nación publique en su portada las conclusiones del fallo que sostiene que el ex subsecretario de Relaciones Institucionales del Ministerio de Economía, Carlos Bercún, nada tuvo que ver con el hecho que describiera en sus páginas sobre un supuesto pedido de sobornos para que no se sancionara una ley que por el año 2002 se discutía en el Senado nacional, el matutino porteño continua sin acatar la medida.

De hecho, el diario ya no dispone de más instancias judiciales para seguir dilatando su deber de informar sobre la verdad tras haber presentado un “recurso extraordinario” que fue rechazado.

“La Sala L decidió desestimar el recurso extraordinario. O sea, que quedó firme. La Nación tiene la obligación de publicar en su portada el resultado del juicio penal que fue un delito que no existió”, expresó recientemente el licenciado Bercún en una entrevista para Radio 10.

La causa a la que refiere Bercún, por caso, es la caratulada como “Bercun, Carlos Alberto c/. S.A. La Nación y otros s/. Daños y perjuicios” donde la Sala L de la Cámara Civil falló a su favor para que el diario publique en su portada los motivos y las conclusiones de la causa penal Nº 14.829/2002 de diciembre de 2011.

Por ello, teniendo también en cuenta que existieron actuaciones penales, y que concluyeron en la inexistencia del hecho, considero que en lo que al medio aquí demandado se refiere, tenía el deber de publicar en su portada -del mismo modo en que había difundido la denuncia del soborno y luego, del sospechoso según, entre otros, fs. 45, 50, 52 y versiones on line- las conclusiones de la sentencia de la mencionada causa penal 14.829 /2002 de diciembre de 2011”, se consigna en el punto VI de lo dictaminado por la mencionada Cámara en su fallo del 21 de octubre de 2014.

Así las cosas y ante la reticencia de La Nación para echar luz y verdad sobre lo que se determinó que fue un falso suceso periodístico, ahora resta que la Justicia -una vez más- le vuelva a señalar su deber de cumplir con lo dispuesto. Parecería que no conforme con el daño y perjuicio realizado, el matutino dirigido por Saguier, quizás, piense que su credibilidad se vea afectada por no admitir su equivocación.