Ordenan a banco que dolarice una operación inmobiliaria de una persona insana

La Justicia le ordenó al Banco Nación que convierta a dólares al valor oficial el producto de una operación inmobiliaria y constituya un plazo fijo... Por Cuarto Intermedio

La Justicia le ordenó al Banco Nación que convierta a dólares al valor oficial el producto de una operación inmobiliaria y constituya un plazo fijo renovable cada 30 días para preservar el valor de la moneda, que podría constituir el sustento y la manutención de un insano, propietario del inmueble.

El caso acaba de llegar a la Corte Suprema por apelación del Banco Central de la República Argentina (BCRA), contra el fallo que dispuso “la conversión de la suma de 375 mil pesos, depositados en una cuenta, a moneda dólar estadounidense. Con su resultado deberá afectar el importe a un plazo fijo a 30 días en dólares renovable de manera automática por capital e intereses devengados”.

El fallo, dictado en primera instancia por la jueza civil Silvia Viviana Guahnon y ratificado por la Sala B, explica que “se trata de una suma de dinero depositada en este proceso, proveniente de una operación inmobiliaria autorizada judicialmente”.

“La inversión en dólares estadounidenses se dispuso a los fines de preservar el valor de las sumas percibidas, de manera que no se configura en este supuesto una situación de atesoramiento ilícito”, confirmaron los camaristas Mauricio Mizrahi y Claudio Ramos Feijoo.

El BCRA apeló el fallo, pero la Defensoría Oficial, que representa al insano, replicó: “un depósito obligatorio en pesos, con tasas de intereses notoriamente inferiores a la inflación real, nos colocaría ante el efecto de una administración ruinosa”.

La Sala B rechazó el recurso extraordinario de la entidad emisora, argumentando que “las sumas a percibir por el insano probablemente sean su sostén económico y de tratamiento durante gran parte de su vida”.

“El Estado, por medio de la tutela judicial, es responsable de preservar el valor de esas sumas hasta que el mencionado pueda disponer de ellas; ello impone resguardar adecuadamente su valor de compra, no dándose el caso de atesoramiento ilícito”, añadió el fallo.

“La protección de derechos del padeciente de problemas de salud mental debe estar dirigida a su mejor interés y tener como objetivo preservar su dignidad, reducir el impacto de la enfermedad y mejorar su calidad de vida”, resumió.

El BCRA llevó el caso ante la Corte mediante un recurso de “queja”, que el máximo tribunal deberá resolver sin plazos preestablecidos.