El Gobierno nacional oficializó la reducción en Ganancias

A través de la Resolución General Nº 3770 publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo oficializó la reducción del impuesto a las Ganancias para aquellos... Por Cuarto Intermedio

A través de la Resolución General Nº 3770 publicada en el Boletín Oficial, el Ejecutivo oficializó la reducción del impuesto a las Ganancias para aquellos sueldos de entre $15.000 y $ 25.000. Será retroactiva al mes de enero del presente año.

Mediante la Resolución General Nº 3770 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el Ejecutivo nacional oficializó las modificaciones anunciadas por el ministro de Economía (Axel Kicillof) sobre el impuesto a las Ganancias para los sueldos que van de los 15.000 a los 25.000 pesos.

Según la medida gubernamental, la reducción sobre Ganancias será retroactiva al mes de enero de este año y, en caso de que corresponda, el excedente de lo cobrado se devolverá en cinco cuotas consecutivas.

“La condición del sujeto beneficiario, con relación a las retribuciones percibidas a partir del 1° de enero de 2015, inclusive, se determinará en base a la mayor de las remuneraciones y/o haberes mensuales devengadas en el período enero a agosto de 2013, ambos inclusive, aún cuando hubiere mediado un cambio de empleador…”, reza el artículo 2º de la Resolución.

Asimismo, se establece que “cuando no se hayan devengado remuneraciones y/o haberes en la totalidad de los meses de enero a agosto del año 2013, se considerarán los conceptos que se hayan percibido, como mínimo, en el 75 por ciento de los meses involucrados».

Por otra parte, se aclara que “ante el supuesto de importes retenidos en exceso, los agentes de retención deberán efectuar la devolución del monto correspondiente en cinco cuotas mensuales, iguales y consecutivas, a partir del mes en que se genere el saldo a favor del beneficiario, inclusive”.

De esa forma, “el importe correspondiente deberá estar consignado en el respectivo recibo de sueldo o comprobante equivalente, identificándolo con el concepto “DEVOLUCIÓN GANANCIAS – R.G. AFIP N° 3770”.