Corte acepta recurso para que los Qom puedan apelar un fallo

La Corte Suprema de Justicia aceptó tácitamente como querellantes a representantes de la comunidad Qom en una causa en la que se investiga la muerte... Por Cuarto Intermedio

La Corte Suprema de Justicia aceptó tácitamente como querellantes a representantes de la comunidad Qom en una causa en la que se investiga la muerte de dos integrantes de ese grupo de pueblos originarios durante un reclamo por tierras en Formosa, en 2010.

La Corte admitió un recurso presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que representa a los Qom, y ordenó que se dicte un nuevo fallo permitiéndole a la comunidad apelar el sobreseimiento de dos policías acusados por las muertes durante la protesta.

Según resume la causa, “el 23 de noviembre de 2010, mientras se desarrollaba el corte de la ruta nacional 86 que en reclamo por sus tierras llevaban adelante desde hacía cuatro meses miembros de la comunidad indígena Qom ‘La Primavera’, se constituyeron en el lugar agentes de la policía provincial, asistidos por un grupo de la Montada y miembros de Gendarmería Nacional”.

El objetivo de las fuerzas de seguridad era “dar cumplimiento a dos órdenes de allanamiento” para terminar con el bloqueo del camino. En el episodio “resultaron dos personas muertas y varios heridos”, y terminaron imputados 24 miembros de la comunidad indígena por los presuntos delitos de “atentado contra la autoridad a mano armada, lesiones leves y graves”. Además, el cacique Félix Díaz fue acusado por “instigación a cometer delitos” y dos oficiales de la policía provincial fueron imputados por homicidio.

Unos y otros fueron sobreseídos el 10 de abril de 2012, pero la fiscalía de la ciudad de Clorinda sólo apeló la medida en relación con los aborígenes, y la consintió respecto de los policías acusados por homicidio.

La viuda de uno de los Qom muerto quiso apelar la medida, pero la justicia provincial, en todas sus instancias, la rechazó como querellante y le negó ese derecho.

Ahora, el procurador general adjunto, Eduardo Casal, consideró que la denegatoria a ser querellante era errónea, pues “la presentación fue efectuada cuando el plazo útil para apelar aún no había expirado y el sobreseimiento, por tanto, no había adquirido todavía firmeza”.

La Corte, en un fallo firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, coincidió con el procurador, revocó el fallo y ordenó el dictado de una nueva resolución.