Denunciaron a la ex Presidenta por el acuerdo con Irán

Una ONG denunció a Cristina Fernández de Kirchner y al ex canciller Héctor Timerman por el delito de “traición”, a raíz de la firma del... Por Cuarto Intermedio

Una ONG denunció a Cristina Fernández de Kirchner y al ex canciller Héctor Timerman por el delito de “traición”, a raíz de la firma del Memorando de entendimiento con Irán para avanzar en el esclarecimiento del atentado contra la AMIA, que fue declarado inconstitucional por la Justicia y el nuevo Gobierno desistió de la apelación contra esa medida.

La asociación civil “Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional” extendió la denuncia también contra todos los diputados y senadores que aprobaron el acuerdo con el régimen de Teherán.

La denuncia se basa en el fallo de la Sala Primera de la Cámara Federal que decretó la inconstitucionalidad del acuerdo con Irán -y que ahora quedó virtualmente firme- “que determinó que dicho instrumento internacional condicionaba al Poder Judicial y al Ministerio Público y dilataba el proceso”.

La denuncia, firmada por el titular de la ONG, el abogado José Mangiocalda, advierte que mediante la firma del Memorando “se pretendió colaborar con el terrorismo agresor y con la Nación protectora de los imputados por el atentado a la AMIA, prestándole ayuda mediante la concesión de un proceso de excepción, con características dilatorias, y menoscabando la independencia de uno de los poderes del Estado argentino y del Ministerio Público”.

El expediente, que quedó registrado con el número 14383/15 y está en manos del juez federal Sergio Torres, invoca los delitos contemplados en los artículos 214 y 215 del Código Penal.

El 214 establece que “será reprimido con reclusión o prisión de diez a 25 años o reclusión o prisión perpetua y en uno u otro caso, inhabilitación absoluta perpetua, todo argentino o toda persona que deba obediencia a la Nación por razón de su empleo o función pública, que tomare las armas contra ésta, se uniere a sus enemigos o les prestare cualquier ayuda o socorro”.

El 215, en tanto, determina que “será reprimido con reclusión o prisión perpetua, el que cometiere el delito previsto en el artículo precedente, si ejecutare un hecho dirigido a someter total o parcialmente la Nación al dominio extranjero o a menoscabar su independencia o integridad o si indujere o decidiere a una potencia extranjera a hacer la guerra contra la República”.