Rechazan planteo de ONG contra máquinas de juegos de azar que tienen leyendas en inglés

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el planteo de una entidad de defensa de los consumidores contra las máquinas de juegos de azar... Por Cuarto Intermedio

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el planteo de una entidad de defensa de los consumidores contra las máquinas de juegos de azar instaladas en el Hipódromo Argentino de Palermo y en el Casino Puerto Madero que tienen leyendas en idioma inglés.

La Sala Cuarta del tribunal desestimó un planteo de la ONG “Proconsumer”, que invocó normativa específica dispuesta por Lotería Nacional Sociedad del Estado.

Esa normativa indica que “las máquinas electrónicas y/o electromecánicas de juegos de deberán estar en idioma castellano”.

“Para los casos en que el idioma sea diferente al castellano, por falta de regionalización (traducción), el adjudicatario deberá realizar la traducción de por lo menos las formas gráficas que se encuentra en los acrílicos, tales como tabla de premios, premio máximo, descripción del juego”, añade la reglamentación.

Los jueces Jorge Morán y Marcelo Duffy reconocieron la existencia de esa reglamentación pero contrapuso que las licenciatarias “han implementado una serie de medidas similares en todas aquellas máquinas de juego que se encuentran en un idioma distinto al castellano, con el objeto de asegurar que el usuario pueda conocer de manera suficiente su funcionamiento y características básicas”.

“Las normas vigentes en la materia no exigen una traducción integral de todos los términos y vocablos contenidos en la máquina, sino sólo la de aquéllos necesarios para que un consumidor medio pueda comprender su funcionamiento”, añade el fallo.

En ese contexto, resalta que el hipódromo y el casino “han tomado las medidas necesarias para asegurar un estándar mínimo de términos traducidos que permitan orientar al consumidor en el uso de las referidas máquinas de juego, en su obrar diario de llevar adelante la explotación de las instalaciones en que las diligencias probatorias se llevaron a cabo”.

“Se observa la implementación de medidas suficientes para garantizar un estándar mínimo de información y para dotar a los potenciales usuarios o apostadores de las herramientas necesarias para la comprensión de las condiciones de funcionamiento de las máquinas de juego”, resumió el tribunal al rechazar el planteo de Proconsumer.