Ordenan a importante empresa de bebidas restituir en su puesto de trabajo a un empleado

La Cámara Laboral ordenó a la empresa Coca Cola restituir en su puesto de trabajo a un delegado gremial al que había despedido aprovechando supuestamente... Por Cuarto Intermedio

La Cámara Laboral ordenó a la empresa Coca Cola restituir en su puesto de trabajo a un delegado gremial al que había despedido aprovechando supuestamente el marco de un conflicto gremial, una semana después de que recibiera el alta médica en un tratamiento por adicciones.

La Sala Segunda de la Cámara dispuso mediante una medida cautelar la restitución del trabajador en su puesto, en la planta de la multinacional de las bebidas gaseosas posee en la localidad bonaerense de Monte Grande.

Los jueces Graciela González y Miguel Ángel Pirolo adoptaron la medida “en salvaguarda de los derechos y libertades invocadas por el peticionario” y aclarando: “sin que ello implique en modo alguno, adelantar opinión sobre la suerte final del pleito”.

“Los testigos brindaron un relato concreto y circunstanciado acerca de la actividad sindical desarrollada por el actor, como así también fueron coincidentes al señalar que el actor integraba la comisión interna de la planta Monte Grande, por haber ganado las elecciones celebradas a tal efecto y que el actor junto a los restantes miembros de aquélla, fueron despedidos”, explica el fallo.

“A lo expuesto se suma que en la prueba documental se ha acompañado una historia clínica y un certificado médico, en los que se da cuenta de que el actor habría estado internado para un tratamiento por adicción, hasta la obtención de alta médica, lo cual evidenciaría, teniendo presente que el despido a los siete días siguientes, la existencia de la correlación temporal entre ambos sucesos que fuera denunciada en la demanda”, añadieron los jueces.

“Resulta evidente que la desafectación del trabajador de su lugar de tareas lleva ínsita la imposibilidad de éste de ejercitar sus propios derechos, que incluyen la defensa de los intereses de los trabajadores que éste habría tutelado por su actividad sindical”, advirtió el fallo.