Confirman que la Oficina Anticorrupción puede ser querellante en la causa “Ciccone”

La Cámara en lo Criminal Federal confirmó que la Oficina Anticorrupción (OA), a cargo de Laura Alonso, puede actuar como querellante en la causa “Ciccone”,... Por Cuarto Intermedio

La Cámara en lo Criminal Federal confirmó que la Oficina Anticorrupción (OA), a cargo de Laura Alonso, puede actuar como querellante en la causa “Ciccone”, en la que, entre otros, está procesado el ex vicepresidente Amado Boudou.

La Sala I de la Cámara ratificó la decisión tomada en febrero último por el juez federal Ariel Lijo, a cargo de la instrucción del sumario penal por supuestos ilícitos en el “salvataje” y adquisición de la imprenta.

La resolución de primera instancia había sido apelada por otro de los procesados en la causa, José María Nuñez Carmona, pero los camaristas Jorge Ballestero y Eduardo Freiler confirmaron a la OA como “parte” en esa pesquisa.

La defensa de Nuñez Carmona -sindicado como amigo y socio de Boudou- cuestionó que la OA se presentara como querellante luego que, según expuso, en los primeros cuatro años de investigación, “no mostró interés alguno en constituirse como acusadora privada”.

Agregó que la pasividad mostrada por el organismo público en el pasado contrastaba con su posterior pretensión de ser querellante, pretensión reconocida en esta fase final de la instrucción, lo que a criterio de la defensa podría responder a una “intencionalidad política” incompatible con el normal desarrollo del proceso penal.

Para Ballestero y Freiler “los bienes jurídicos presuntamente violentados a través de la maniobra objeto de inspección y la misión concreta que el mentado organismo público fue llamado a desplegar” demuestran que hubo un “legítimo interés” de la OA, para pedir actuar como parte en la causa.

El reconocimiento como querellante, condición que permite tener acceso a las actuaciones judiciales y solicitar medidas, “no puede sucumbir ante la mera especulación atinente al comportamiento que, eventualmente, la Oficina Anticorrupción pudiera o no adoptar al interior del presente proceso”, expresaron los camaristas.

“Es el Juez -agregaron- quien tiene por función ejercer el control sobre la actuación de las partes dentro del proceso y, en caso de advertir alguna irregularidad puntual, adoptar las medidas que estime corresponder”.