Condenan a empresa tras despedir a un trabajador por no saber leer ni escribir

Una empresa dedicada al procesamiento de pescados y fabricación de escamas de hielo fue condenada a pagar el despido de un trabajador al que, por... Por Cuarto Intermedio

Una empresa dedicada al procesamiento de pescados y fabricación de escamas de hielo fue condenada a pagar el despido de un trabajador al que, por ser analfabeto, no le reasignó tareas luego de accidente que le impidió utilizar una de sus manos.

La sentencia, dictada por la Cámara Nacional del Trabajo, incluyó una indemnización en concepto de daño moral, porque se concluyó que el trabajador fue despedido por no saber leer ni escribir.

La condena contra INCOPP S.A., por un total de 122.647,74 pesos más intereses y las costas del juicio, la dictó la Sala VII de la Cámara ante la demanda promovida por el reclamo a quien, luego de haber ingresado a esa firma en 1998 y tras varias operaciones por lesiones, en 2005 le diagnosticaron sinovitis tuberculosa.

En junio de 2010 P. le notificó a su empleador el alta médica pero bajo prescripción de realizar “tareas livianas”, a lo que la demandada le contestó en forma negativa, por lo cual el trabajador se sintió discriminado y despedido.

La Sala Séptima de la Cámara consideró que la empresa no demostró su imposibilidad de otorgarle “tareas livianas”, sino que se limitó a argumentar que la condición de analfabeto era una “cuestión suficiente” para la ruptura del vínculo laboral.

“Una persona que no sabe leer ni escribir, se encuentra facultada para realizar múltiples tareas que no requieren de dichos conocimiento”, sostuvo el tribunal.

“No se ha detallado siquiera mínimamente, como estaba organizada la empresa, y en qué sectores era requisito saber leer y escribir para desarrollar las tareas”, agregaron los camaristas Estela Milagros Ferreirós y Néstor Rodríguez Brunengo.

Pero el tribunal rechazó el reclamo por supuestas “horas extraordinarias” impagas, porque “como percibía su salario bajo el concepto de enfermedad justificada”, se encontraba en “licencia laboral” y no pudo haber excedido su jornada habitual.

Como parte de la condena se admitió el rubro “daño moral”, que se estableció en 20.000 pesos, porque la demandada lo privó de su fuente de trabajo por no saber leer ni escribir.