Declaran inconstitucionalidad de ley que permitía designar jueces subrogantes

La jueza en lo contencioso administrativo federal, Rita Ailán, declaró la inconstitucionalidad de la ley que permitía al Consejo de la Magistratura de la Nación... Por Cuarto Intermedio

La jueza en lo contencioso administrativo federal, Rita Ailán, declaró la inconstitucionalidad de la ley que permitía al Consejo de la Magistratura de la Nación designar jueces subrogantes sin respetar el procedimiento que prevé la intervención, vinculante, de los poderes Ejecutivo y Legislativo.

Al resolver a favor del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) una demanda “declarativa de inconstitucionalidad”, Ailán siguió las pautas del caso “Uriarte” en el que, en noviembre último, la Corte Suprema de la Nación se pronunció sobre la invalidez de la ley 27.145, dictada en junio de 2015.

En “Uriarte” la Corte invalidó la resolución 331/14 del Consejo de la Magistratura y el decreto 1264/15 del Poder Ejecutivo Nacional que designaron a Laureano Durán como juez subrogante a cargo del Juzgado Federal 1 de La Plata y la designación de todos los nombrados en las mismas condiciones.

Como los fallos de la Corte no obligan a los tribunales inferiores, Ailán se expidió en el “caso concreto” del CPACF, que al promover la demanda sostuvo que los artículos 1 y 2 de la ley 27.145 establecían un procedimiento “misterioso, oscuro y discrecional”, para la designación de jueces.

La magistrada aceptó la demanda del Colegio, pero eximió de las costas del proceso al Estado Nacional, por lo “novedoso” del asunto y teniendo en cuenta que, al contestar la demanda, las autoridades nacionales que asumieron en diciembre de 2015 no se opusieron al reclamo.

Ailán afirmó que el nombramiento de jueces de la nación de acuerdo a las pautas legales y constitucionales “se erige en uno de los pilares esenciales del sistema de división de poderes sobre el que se asienta la República”.

Agregó que, como lo consideró la Corte, el sistema implementado por la ley 27.145 permite que la administración de justicia quede en manos quienes han sido seleccionados por mayorías simples, sin concurso previo para demostrar sus condiciones y aptitudes para el ejercicio del cargo.