Avalan DNU que modificó la ley de Medios

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal avaló el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que virtualmente derogó la ley de medios, eliminó la Autoridad... Por Cuarto Intermedio

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal avaló el decreto de necesidad y urgencia (DNU) que virtualmente derogó la ley de medios, eliminó la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la sustituyó por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

La Sala Primera de la Cámara ratificó el rechazo a una acción de amparo del depuesto titular de la AFSCA, Martín Sabbatella, contra uno de los primeros DNU dictados durante el gobierno de Mauricio Macri.

Los camaristas Clara Do Pico, Manuel Grecco y Rodolfo Fazio, coincidieron con el dictamen del fiscal coadyuvante Ricardo Peyrano y consideraron válido el decreto 267/15, que alteró la ley de Medios sancionada durante el anterior gobierno.

El tribunal reconoció que “la atribución del Poder Ejecutivo con relación al dictado de decretos de necesidad y urgencia resulta una facultad de tipo excepcionalísima”, que puede utilizarse cuando “la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente”.

Si bien el Ejecutivo tiene prohibido legislar, en estos casos de urgencia el DNU debe ser enviado al Congreso para su ratificación, y allí encontró el fallo el argumento para validarlo.

Los camaristas recordaron que la ley dispone que “el rechazo por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate implica su derogación”.

Por el contrario, si “ambas” cámaras del Congreso no lo rechazan, corresponde interpretar que “la norma ha resultado convalidada”.

“El DNU objetado fue aprobado expresamente por la Cámara de Diputados, en tanto que la de Senadores a la fecha no se ha expedido”, justificaron los jueces.

Además, el fallo aclara que también fueron evaluadas “las específicas razones sustancialmente invocadas por el Ejecutivo para el dictado del decreto: ausencia objetiva de adecuación tecnológica y necesidad de una política de convergencia de tecnologías”.

El fallo tiene por delante, aún, otra instancia de apelación: la Corte Suprema de Justicia.