Camarista cuestionó proyecto de reforma de la ley de salidas transitorias y libertad condicional

El camarista porteño Sergio Delgado cuestionó el proyecto de reforma de la ley de salidas transitorias y libertad condicional para los detenidos, y rechazó los datos sobre reincidencia que se mencionan como justificación de la modificación legislativa. Por Cuarto Intermedio

Delgado, ex juez de Ejecución Penal, desmintió especialmente la afirmación de la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, quien indicó que “el 90 por ciento de los agresores sexuales” reinciden en esos delitos.

“Ese dato no es así. En Ejecución Penal se hizo un estudio sobre 171 condenas, y el porcentaje de reincidencia era del 18 por ciento. Específicamente en delitos contra la integridad sexual, la reincidencia era del cinco por ciento”, precisó.

El trabajo sobre el cual basó su afirmación fue realizado por un equipo interdisciplinario coordinado por la licenciada Irene Corach, psicóloga y docente de la Universidad de Buenos Aires.

En declaraciones radiales, el camarista penal y contravencional de la Ciudad de Buenos Aires reconoció, no obstante, cuando se produce un caso de reincidencia -y más aún cuando es seguida de muerte- “la estadística queda de lado”.

“Hay cuatro o cinco casos que conocemos todos y que son presentados como si fuera una regla. Lo mismo ocurre con el ‘fracaso’ de las salidas transitorias. Hay muy pocos casos de fracasos del régimen de salidas transitorias. El Censo Nacional Penitenciario, publicado en la página del Ministerio de Justicia, muestra que las transitorias revocadas con el 0,9 por ciento”, añadió.

Delgado se mostró crítico de la reforma al régimen de salidas transitorias porque “va a contramano de todo lo que es el conocimiento científico sobre aplicación de la pena” y, además, “es de cumplimiento imposible”. “Hubiera sido más sincero derogar el artículo 13 del Código Penal, que establece las condiciones en las que los detenidos podrán obtener la libertad por resolución judicial, previo informe de la dirección del establecimiento e informe de peritos que pronostique en forma individualizada y favorable su reinserción social”.

En ese contexto, se opuso a la iniciativa para que los condenados no puedan acceder a regímenes atenuados del cumplimiento de la pena que impliquen salidas parciales de prisión.

“El régimen estanco se probó en el siglo XIX y fracasó. Se lo modificó por regímenes que tienen efectos beneficiosos. La tasa más alta de reincidencia se da cuando el detenido cumple hasta el último día de la condena”, graficó.

“El egreso abrupto no es conveniente desde el punto de vista de prevención de la reincidencia. El egreso debe ser supervisado; incluso en los casos en los que no se aconseja la libertad condicional debe establecerse un mecanismo de egreso controlado judicialmente”, resumió.