Corte ordena a la Justicia porteña que investigue causa por red de pornografía

La Corte Suprema ordenó que la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires investigue la actividad en la Argentina de una red de distribución internacional por internet de videos que muestran a menores de edad en escenas de sexo explícito. Por Cuarto Intermedio

Así lo dispuso el Máximo Tribunal al resolver una “cuestión de competencia” entre la Justicia porteña y la de la Ciudad de Mar del Plata, ya que ninguna quería quedarse con la causa.

El expediente se inició a partir de la información brindada por el departamento de Interpol de Wisbaden (Alemania), de la que se desprende que dos direcciones de correo electrónico gratuito que se encontrarían radicadas la Argentina, pertenecerían a esa red internacional en la que “se comparten por internet archivos que ilustran a menores de edad en actividades sexuales explícitas”.

Radicada la causa ante la Justicia porteña, se declinó la competencia porque el domicilio desde el que un usuario accedió a la página de internet se encontraría en Mar del Plata.

Remitida la causa a esa ciudad, el juez provincial rechazó tramitarla, por considerar que el pase fue “prematuro” porque no se comprobó el IP (protocolo de internet) desde el que se habría intercambiado contenido de pornografía que incluye a menores.

Para decidir la cuestión de competencia, la Corte coincidió con el dictamen del procurador fiscal Eduardo Casal, para quien la magistrada porteña se desprendió del caso antes de realizar una “investigación suficiente” como para tomar esa determinación.

Para Casal, “resultan elementos indispensables para el correcto planteamiento de una cuestión de competencia, que las inhibitorias contengan la individualización de los sucesos sobre los cuales versa y las calificaciones que les pueden ser atribuidas”.

Agregó que “solo con relación a un delito concreto es que debe pronunciarse acerca del lugar de su comisión y respecto del juez a quien compete investigarlo y juzgarlo”.

El dictamen consignó la falta de medidas “a fin de verificar otros accesos desde ese domicilio que permitan dilucidar si desde ahí se han realizado otras acciones similares a la investigada, todo lo cual permitiría arrojar mayores precisiones a la denuncia para resolver lo que corresponda en torno a la competencia”.

El fallo de la Corte fue firmado por los ministros Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Fernando Rosenkrantz.