Emiten Letra del Tesoro por 16.000 millones de pesos

El Gobierno nacional emitió una Letra del Tesoro por esa suma a ser suscripta por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). La misma tendrá un plazo de 181 días. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 14-E/2018, el Ministerio de Finanzas de la Nación dispuso la emisión de una Letra del Tesoro, a ser suscripta por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), por hasta un monto de valor nominal de 16 mil millones de pesos.

Según la norma publicada en el Boletín Oficial, la fecha de emisión del título fue fijada para el 30 de enero de 2018 y su vencimiento para el 30 de julio del corriente año (181 días de plazo), mientras que su amortización será íntegra al vencimiento. Su moneda de suscripción, en tanto, será en pesos o dólares estadounidenses al tipo de cambio de referencia de la Comunicación “A” 3500 correspondiente al día hábil anterior a la fecha de liquidación.

La forma de colocación de la misma será por suscripción directa en uno o varios tramos, y devengará intereses a la Tasa Variable, los que serán pagaderos trimestralmente los días 30 de abril y 30 de julio de 2018. “Los intereses serán calculados sobre la base de los días efectivamente transcurridos y la cantidad exacta de días que tiene cada año (actual/actual). Cuando el vencimiento de un cupón no fuere un día hábil, la fecha de pago del cupón será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de efectivo pago”, se especificó.

El suscriptor, por su parte, podrá disponer la cancelación anticipada de la Letra del Tesoro en forma total o parcial a partir del día 1º de abril del corriente año. “Para el ejercicio de esta opción, se deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público de la Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del Ministerio Finanzas con una anticipación de quince (15) días corridos”, aclara la Resolución.

Por otra parte, la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales y gozará de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

Para su titularidad, se emitirá un certificado que será depositado en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del Banco Central de la República Argentina (BCRA).