Emiten Letras del Tesoro por 300 millones de pesos

Las Secretarías de Finanzas y de Hacienda dispusieron la emisión de Letras en pesos, a ser suscriptas a la par por el Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura del Transporte, y a un plazo de 180 días. Serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución Conjunta 23/2018 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso la emisión de Letras del Tesoro en pesos, a ser suscriptas a la par por el Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura del Transporte (FFSIT), por un monto de hasta $300 millones, con fecha de emisión fijada el 17 de octubre de 2018 y con vencimiento para el 15 de abril de 2019 (180 días de plazo).

Su amortización será íntegra al vencimiento y devengará intereses trimestrales a la tasa BADLAR para bancos públicos, “la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de más de un millón de pesos -BADLAR promedio bancos públicos- calculado considerando las tasas publicadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) desde 10 días hábiles antes del inicio del período de interés hasta 10 días hábiles antes del vencimiento o de su cancelación anticipada”.

El suscriptor, por su parte, podrá disponer la cancelación anticipada de las Letras del Tesoro en forma total o parcial a partir del 17 de diciembre de 2018, siendo que para el ejercicio de esa opción el mismo deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público de la Subsecretaría de Financiamiento y Servicios Financieros de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda con una anticipación no menor a 15 días corridos.

La forma de colocación de la Letras, en tanto, será mediante suscripción directa, serán intransferibles, y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales.

Por último la norma establece que para su titularidad se emitirá un certificado que será depositado en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del BCRA.