Emiten Letras del Tesoro por 1.250 millones de pesos

Las Secretarías de Finanzas y de Hacienda emitieron Letras del Tesoro, a ser suscriptas a la par por el Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura del Transporte, por un plazo de 182 días. Serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución Conjunta 14/2019 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso la emisión de Letras del Tesoro en Pesos, a ser suscriptas a la par por el Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura del Transporte (FFSIT), por un monto de hasta $1.250 millones, con fecha de emisión fijada para el 13 de febrero de 2019 y vencimiento para el 14 de agosto de 2019 (182 días de plazo).

La moneda de emisión, suscripción y pago será en pesos, mientras que su amortización íntegra al vencimiento. Además, serán intransferibles y no tendrán cotización en los mercados de valores locales e internacionales.

Según se establece entre sus condiciones financieras, devengarán intereses trimestrales a la tasa BADLAR para bancos públicos, la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de más de un millón de pesos -BADLAR promedio bancos públicos-, calculado considerando las tasas publicadas por el Banco Central desde 10 días hábiles antes del inicio del período de interés hasta 10 días hábiles antes del vencimiento o de su cancelación anticipada.

Asimismo, el suscriptor podrá disponer la cancelación anticipada de las Letras en forma total o parcial a partir del 15 de abril de 2019, siendo que para el ejercicio de esa opción el mismo deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público de la Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Hacienda, con una anticipación no menor a 15 días corridos.

Por otra parte, la norma añade que la forma de colocación será mediante suscripción directa, y que gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.