Pymes podrán pagar obligaciones de la seguridad social con saldo de libre disponibilidad del IVA

La Administración Federal de Ingresos Públicos permitirá utilizar el saldo de libre disponibilidad de IVA para cancelar hasta un 20% de las Contribuciones de la Seguridad Social del periodo fiscal septiembre de este año. La transacción estará habilitada del 7 al 31 de octubre, inclusive.  Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permitirá a unas 66 mil Micro y Pequeñas Empresas utilizar el saldo de libre disponibilidad de IVA para cancelar hasta un 20% de las Contribuciones de la Seguridad Social del periodo fiscal septiembre de este año, que vencen en este mes.

La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 4603, alcanzará a los contribuyentes que, al momento de utilización del saldo favor de libre disponibilidad, registren la condición de Micro y Pequeñas Empresas inscriptas en el “REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES” de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción y Trabajo.

La solicitud, indicaron, se realizará a través de la transacción “Afectación a Seguridad Social” del Sistema de Cuentas Tributarias, y en tanto  no existan observaciones al saldo y cumplan con todos los requisitos dispuestos en la normativa, esta afectación producirá efectos desde el momento de la presentación y no podrá generar saldo a favor del contribuyente.

Asimismo, para efectuar la solicitud deberá tener presentada la declaración jurada del SICOSS del período fiscal a afectar y no registrar falta de presentación de declaraciones juradas de IVA por períodos no prescriptos.

“Este es el primer paso en el camino hacia una Cuenta Única Tributaria en el marco del proyecto anunciado esta semana por el Gobierno”, destacaron desde el organismo recaudador a través de un comunicado.