El Gobierno reglamentó el Fondo de Asistencia directa a Víctimas de Trata

Por medio del Decreto 844/2019 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó la Ley de Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata, el cual establece el destino de los bienes decomisados por ese delito para la reparación económica de las víctimas. Por Cuarto Intermedio

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, junto al Consejo Federal para la Lucha contra la Trata de Personas, le habían dado impulso al tratamiento de la Ley de Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata en el Congreso, donde finalmente se logró la sanción de la ley 27.508 en junio pasado.

“Históricamente en el país, las víctimas de trata de personas no contaban con un mecanismo para acceder a una restitución económica. Logramos constituir un nuevo escenario para la administración de los bienes provenientes de este delito, con el fin de que sean destinados a reparar los daños causados a las personas rescatadas de la explotación”, manifestó la secretaria de Justicia y coordinadora del Consejo Federal de Lucha contra la Trata, María Fernanda Rodríguez.

La reglamentación de la norma, por su parte, propone una administración transparente de estos bienes y dispone conformar una Unidad Ejecutora en la órbita de la cartera de Justicia, para velar por la adecuada gestión de los recursos embargados o decomisados en el marco de los procesos penales. Esta oficina, en tanto, recibirá la información enviada por la Justicia sobre las causas en trámite, así como también sobre las víctimas y el estado de los bienes que se inscribirán en el Registro Nacional de Bienes Secuestrados y Decomisados en el Proceso Penal.

Posteriormente, la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) realizará la venta pública y la ganancia será transferida al Fondo Fiduciario para la restitución económica correspondiente a las víctimas.

Asimismo, en los procesos cuya sentencia no se encuentre firme y en los que la autoridad judicial autorice la venta anticipada de los bienes decomisados -aclararon- se podrá solicitar la transferencia del producto de la venta al Fondo.

“Para atender a las reparaciones previstas, esta ley abrió la posibilidad al ingreso de fondos provenientes de partidas presupuestarias, acuerdos de cooperación internacional, subsidios o donaciones, de acuerdo a las obligaciones establecidas en la Ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas, correspondientes a los derechos de las víctimas de este delito”, agregó Rodríguez.

Por otra parte, en uno de los artículos de la norma también se establece que la Secretaría de Modernización eleve al Consejo Federal una propuesta de sección en su sitio web que permita realizar consultas públicas y gratuitas. Este sitio deberá contar, además, un registro específico con los datos sobre los bienes recibidos y de los resultados de las tasaciones practicadas por la Agencia de Administración de Bienes del Estado; y un software de votación online para garantizar un funcionamiento eficiente para la toma de decisiones sobre el destino de los bienes por parte del Consejo.