Amplían y emiten Letras del Tesoro por un total de $24 mil millones

Las Secretarías de Finanzas y de Hacienda resolvieron ampliar la emisión de las “Letras del Tesoro en Pesos BADLAR Privada más 175 puntos básicos con vencimiento 28 de mayo de 2020” por 10 mil millones de pesos, al tiempo que dispuso la emisión de otras por un monto de hasta 14 mil millones de pesos. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución Conjunta 7/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso la ampliación de la emisión de las “Letras del Tesoro en Pesos BADLAR Privada más 175 puntos básicos con vencimiento 28 de mayo de 2020”, emitidas originalmente mediante el artículo 2° de la resolución conjunta 3 del 6 de enero de 2020 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, por un monto de hasta $ 10.000 millones, las que se colocarán conforme las normas de procedimiento aprobadas a través del artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda.

Por otra parte, también se dispuso la emisión de Letras del Tesoro en Pesos “BADLAR Privada más margen con vencimiento 28 de agosto de 2020” por un monto de hasta $ 14.000 millones, con fecha de emisión fijada para el 29 de enero de 2020 y vencimiento para el 28 de agosto de 2020 (212 días de plazo).

Según se estableció entre sus condiciones financieras, su amortización será íntegra al vencimiento y devengará intereses a la tasa nominal anual equivalente a Badlar privada, más un margen a determinarse en la licitación, siendo que los mismos serán pagaderos íntegramente al vencimiento y serán calculados sobre la base de los días efectivamente trascurridos y la cantidad exacta de días que tiene cada año (actual/actual). Además y en el caso que el vencimiento no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de efectivo pago.

La forma de colocación de las Letras se llevará a cabo en uno o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, al tiempo que serán negociables y se solicitará su cotización en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.

Asimismo, la norma establece que gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia, y que la ley aplicable será la de la República Argentina.