Oficializan incremento salarial de 4 mil pesos para la administración pública nacional

Por medio del Decreto 56/2020 publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional dispuso que el aumento para el sector público se otorgue en dos montos que serán fijos, remunerativos y no bonificables que se abonarán con los salarios correspondientes a los meses de febrero y marzo. Por Cuarto Intermedio

Mientras continúan los conversaciones por las paritarias con los gremios, el Gobierno nacional dispuso que se otorgue un incremento salarial mensual para el personal del Sector Público en actividad consistente, en sumas fijas remunerativas no bonificables mensuales de hasta $ 3.000 que regirá sobre los salarios correspondientes al mes de febrero de 2020; mientras que en marzo se le adicionará a dicho incremento otros $ 1.000.

Según se aclaró en la norma, los incrementos dispuestos sólo corresponderán cuando la retribución bruta, mensual, normal, habitual, regular y permanente aprobada vigente al 31 de enero de 2020 no supere los $ 60.000 (a tales efectos, se determinará en cada caso, el monto de esos  incrementos para que con su otorgamiento la retribución bruta no exceda esos $ 60.000).

Asimismo, se indicó que las sumas fijas remunerativas no bonificables a las que refiere el Decreto se considerarán a cuenta de todo incremento que pudiera otorgarse o acordarse en el marco de la negociación colectiva, durante el ejercicio 2020.

Por otra parte y respecto al personal de las fuerzas armadas y de seguridad, el incremento salarial alcanzará exclusivamente al personal con estado militar de gendarme en actividad y al comprendido en la categoría de personal de alumnos de la Gendarmería Nacional, así como también al personal con estado policial en actividad y personal de alumnos de la Prefectura Naval Argentina y de la Policía Federal Argentina.

También alcanzará al personal con estado policial y al personal civil en actividad de la Policía de Seguridad Aeroportuaria; al personal de la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal dependiente del Ministerio de Seguridad; al personal militar en actividad de las Fuerzas Armadas; al personal en actividad de la Policía de establecimientos navales; al personal civil en actividad de Inteligencia de las Fuerzas Armadas; y al personal del Servicio Penitenciario Federal en actividad.

No obstante, quedará excluido de la aplicación del aumento al personal comprendido en el ámbito de Convenios Colectivos de Trabajo que prevean cláusulas de actualización automática de las retribuciones.

“Resulta necesario disponer el otorgamiento de dos sumas fijas remunerativas no bonificables a efectos de mantener los estándares adquisitivos de las remuneraciones del personal del Sector Público Nacional”, se explicó entre los considerandos de la norma que lleva las firmas del Presidente Alberto Fernández; y del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.