Obligan a obra social a brindar cobertura integral para paciente con Trastorno del Espectro Autista

La Justicia correntina hizo lugar al pedido de la damnificada y señalaron, entre otros aspectos, que se está “en presencia de derechos humanos que trascienden el derecho positivo, y más aún porque la amparista justificó reclamos puntuales de cobertura de acuerdo a lo peticionado por sus médicos tratantes”. Por Cuarto Intermedio

La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes ordenó a una obra social el cumplimiento de un fallo de primera instancia que había ordenado la cobertura integral para una paciente menor de edad con Trastorno del Espectro Autista.

Según informó el sitio Fiscales.gob.ar, la familia de la menor había demandado por incumplimiento de sentencia a la empresa, ya que a pesar del mencionado fallo, Osmédica no reconocía la totalidad del costo de los honorarios de un médico especialista que se encontraba por fuera de su cartilla y a quien la paciente había llegado por la derivación efectuada por una de las médicas con que se atendía.

El fallo lleva las firmas de las juezas Lucrecia Rojas de Badaró y Selva Angélica Spessot.