El Gobierno endureció el “cepo” al dólar

La administración nacional finalmente decidió que se apliquen nuevos impuestos para la adquisición de la moneda norteamericana, ya sea para fines de ahorro así como también para las compras con tarjeta en el exterior. Entre otras medidas, además, se restringió el acceso al contado con liquidación para agentes financieros no residentes. Por Cuarto Intermedio

Habiendo transcurrido no más de 72 horas desde que el propio ministro de Economía, Martín Guzmán, afirmara en un reportaje que no se iban a realizar cambios o aplicar nuevas restricciones sobre la divisa norteamericana, el Gobierno nacional anunció promediando la jornada del martes que para la compra de dólar ahorro o para los gastos con tarjeta en el exterior se impondrá una retención del 35% de impuesto a las Ganancias o a Bienes Personales que se sumará al 30% existente correspondiente al impuesto PAIS.

De esta manera, el precio para la compra del “dólar oficial” se iría en torno a los 130 pesos.

“A los efectos de priorizar la asignación de divisas a la recuperación del crecimiento económico y el empleo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece un mecanismo de percepción a cuenta del pago de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del 35% para las operaciones de formación de activos externos (FAE) de personas humanas y las compras con tarjetas (débito y crédito) en moneda extranjera”, explicaron desde el Banco Central de la República Argentina (BCRA) por medio de un comunicado, quienes señalaron que la iniciativa se propone mantener el cupo de 200 dólares mensuales vigente, pero desalentar la demanda de moneda extranjera que realizan las personas humanas con fines de atesoramiento y gastos con tarjeta.

De la misma manera, especificaron que a partir del 1° de septiembre del corriente año los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual, y que no habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito), al tiempo que aclararon que cuando los gastos mensuales superen el cupo se absorberá el de los meses subsiguientes.

“Para no afectar la operatoria habitual, la deducción del límite será aplicada al inicio del mes siguiente a la realización de los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera. En el caso de que los pagos con tarjeta de un mes resultaran superiores al límite disponible para la FAE, la deducción será trasladada a los meses subsiguientes hasta completar el monto adquirido”, remarcaron desde la autoridad monetaria que conduce Miguel Ángel Pesce.

Entre otras de las medidas que despertaron polémica también se establecieron los lineamientos bajo los cuales las empresas del sector privado podrán iniciar un proceso de renegociación de sus respectivos pasivos externos, que permita “acomodar su perfil de vencimientos” a las pautas requeridas para el normal funcionamiento del mercado de cambios.

“Bajo este nuevo marco, se invita a las empresas del sector privado a mantener el proceso de desendeudamiento en moneda extranjera en curso, a un ritmo que resulte compatible con las necesidades de divisas de la economía y la estabilidad cambiaria. El marco establecido se enfoca sobre las empresas con vencimientos mensuales superiores a 1 millón de dólares, incorporará un período de gracia para el trámite de las renegociaciones con los acreedores y considerará la posibilidad de la cancelación de hasta el 40% de los vencimientos de capital, en línea con lo realizado por las principales empresas del sector privado”, se determinó.

Por otra parte el Banco Central pondrá en marcha “una estrategia de normalización financiera” que implicará la eliminación de la posibilidad de que los agentes financieros no residentes lleven adelante operaciones de liquidación de títulos valores contra moneda extranjera, a fin de regular la salida de divisas a través del mercado de capitales local. Además, limitará la posibilidad de liquidación local de operaciones con títulos valores realizadas íntegramente en el exterior.

“Las mencionadas decisiones restringirán la realización de maniobras especulativas llevadas adelante por fondos de inversión no residentes en el país y su impacto sobre la dinámica de los mercados financieros y de cambios”, argumentaron.

En otro orden, el BCRA también decidió que se eliminarán los plazos de tenencia mínima que afectaban a las operaciones de personas humanas para la adquisición de títulos valores con moneda extranjera y su posterior liquidación en moneda local.

En simultáneo, se explicó que la CNV pondrá en práctica una serie de requerimientos en vistas de favorecer la tramitación de operaciones financieras en el mercado local, siendo que en este sentido elevará los plazos de tenencia mínima que deberán respetar las transferencias receptoras de títulos valores desde el exterior para su liquidación en moneda local hasta los 15 días hábiles.

Además, se incorporará un requerimiento de liquidación local de las operaciones realizadas por los ALyC (Agentes de Liquidación y Compensación).

“Las mencionadas iniciativas se proponen incrementar los incentivos a la tramitación local de operaciones financieras, en vistas de fortalecer el desarrollo del mercado”, justificaron.