Oficializan nueva reglamentación para el uso de cannabis medicinal

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis. Entre sus principales aspectos, se autoriza el autocultivo previa inscripción a un programa y establece que las obras sociales, las prepagas y el Estado garanticen su acceso para pacientes que cuenten con indicación médica. Por Cuarto Intermedio

Por medio del Decreto 883/2020, el Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley 27.350 referida a la “Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”, cuyos objetivos comprenden el desarrollo e implementación de acciones de promoción y prevención dirigidas a los equipos de salud y organizaciones de la sociedad civil que aborden la temática sobre Cannabis medicinal, y a atender la salud integral de las personas a las cuales se les indique como modalidad terapéutica, medicinal o paliativa del dolor, el uso de la planta de Cannabis y sus derivados.

De la misma manera, prevé el desarrollo e implementación de acciones de concientización sobre el uso de la planta de Cannabis y sus derivados, así como también la implementación de medidas para proveer en forma gratuita por parte del Estado, derivados de la planta de Cannabis para aquellos pacientes que cuenten con indicación médica con cobertura pública exclusiva. En caso contrario -especifica la norma- la cobertura deberán brindarla las Obras Sociales y Agentes del Seguro de Salud del Sistema Nacional, las demás obras sociales y organismos que hagan sus veces creados o regidos por leyes nacionales; y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga.

Otro de los puntos salientes de la medida es el referido a la posibilidad de que los pacientes puedan inscribirse al “Registro del Programa de Cannabis” (REPROCANN) para poder obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada. “Podrá inscribirse en el REPROCANN quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente, en las condiciones establecidas por el Programa”, se aclaró.

“Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”, se argumentó entre los considerandos de la medida que lleva las firmas del Presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro de Salud, Ginés González García; del ministro de Ciencia y Tecnología, Roberto Salvarezza; y del ministro de Agricultura Ganadería y Pesca, Luis Basterra.