La Legislatura porteña aprobó medidas de “alivio fiscal” para sectores afectados por la pandemia

Los diputados de la Ciudad de Buenos Aires habilitaron a la AGIP a acordar facilidades de pago en cuotas y con quitas de intereses resarcitorios y/o financieros sobre deudas generadas entre el 1º de enero de 2019 y el 30 de octubre de 2020. Además, se eximirá a la hotelería del Inmobiliario y ABL, desde abril a septiembre del 2021. Por Cuarto Intermedio

La Legislatura porteña aprobó una serie de medidas de alivio fiscal para los sectores productivos que fueron afectados por las medidas dictadas a partir de la pandemia del coronavirus.

Por caso, en la última sesión del pasado jueves hubo acuerdo para habilitar a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) a acordar planes de facilidades de carácter general para el pago de deudas correspondientes a tributos empadronados, cuyos vencimientos hubieran operado desde el día 1º de enero de 2019 y hasta el día 30 de octubre de 2020, condonando los intereses resarcitorios y financieros por el pago hasta en 6 cuotas mensuales y disponiendo una reducción de hasta un 75% de los mismos cuando el pago se opere entre 7 y 12 cuotas. En ese sentido, se elevó el monto fijado por la Ley Tarifaria vigente de $ 1.500.000 a $ 18.000.000.

Asimismo, para el caso de deudas mayores a $ 1.500.000, la condonación de interés resarcitorio deberá ser reducida al menos en un 25% de lo establecido y de los otorgados por la AGIP, a la vez que se facultó al organismo a regularizar los planes de facilidades caducos o nulos durante el período fiscal 2020, con excepción de los establecidos por las Leyes 5.616 y 6.195, no pudiendo dicha regularización ser más beneficiosa que el acogimiento originalmente suscripto.

Por otro lado, también quedó sin efecto la obligación de pago de las cuotas mensuales de abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre del corriente año correspondientes al Impuesto Inmobiliario y Tasa de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros.

De acuerdo a lo especificado en la norma, la medida alcanza a los titulares de dominio, usufructuarios, titulares de derechos de superficie y poseedores a título de dueño de inmuebles destinados a hotelería, alojamiento, pensiones, albergues transitorios y/o moteles de la Ciudad -según se expresó durante el debate, el costo fiscal estimado es de aproximadamente $ 300.000.000-.

En último lugar, los diputados porteños aprobaron el Convenio de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) como administrador legal y necesario del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del 1º de diciembre de 2020 que renegocia los contratos de préstamos conferidos por el Estado nacional, al tiempo que se autorizó al Poder Ejecutivo a ejercer la opción de conversión prevista en el acuerdo.