Flexibilizan las condiciones para acceder a los planes de pagos permanentes

Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos ampliaron las condiciones para poder acceder a los planes de pago permanentes a quienes desarrollan actividades en los sectores “críticos” afectados por los efectos económicos adversos producidos a partir de la pandemia del coronavirus.  Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) flexibilizó las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades “críticas”.

Por tal motivo y con el fin de coadyuvar a la recuperación de los distintos sectores afectados, se suspendió hasta el 31 de agosto el requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del ingreso mensual de cada contribuyente.

De la misma manera, el organismo también definió extender la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo para los planes permanentes de pago de deuda administrativa y/o judicial, al tiempo que se aclaró en la normativa que no se considerarán -para determinar la cantidad máxima de planes admitidos- aquellos que hubieran caducado hasta el 30 de abril de 2021.

“El plan de pagos permanente es un régimen de facilidades para la regularización de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social”, remarcaron desde el organismo recaudador por medio de un comunicado.