Declaran la “emergencia hídrica” por la bajante en el Río Paraná

Por medio del Decreto 482/2021 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno declaró el “Estado de Emergencia Hídrica” por 180 días en aquellos sectores del territorio abarcado por la región de la Cuenca del río Paraná. Se trata de la bajante más importante de los últimos 77 años. Por Cuarto Intermedio

El Gobierno nacional declaró el “Estado de Emergencia Hídrica” por el término de 180 días corridos en aquellos sectores del territorio abarcado por la región de la Cuenca del río Paraná, que afecta a las Provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, sobre las márgenes de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú.

Asimismo, se instruyó a los ministerios de Desarrollo Productivo y al de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que, en el marco de sus respectivas competencias, adoptaran las medidas necesarias con el objeto de preservar la continuidad de la actividad productiva y la conservación de los puestos de trabajo en los sectores afectados, así como también que haga lo propio dentro de su competencia el Banco de la Nación Argentina.

De la misma manera, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispondrá la asistencia fiscal respecto de aquellos contribuyentes cuyo establecimiento productivo se encuentre afectado por la emergencia, siendo este su principal actividad.

El Ministerio de Obras Públicas, en tanto, arbitrará los medios que estime pertinentes a los efectos de que se realicen las obras de infraestructura necesarias para mitigar los efectos de la emergencia en las zonas afectadas, mientras dure la misma; el Instituto Nacional del Agua (INA) brindará asesoramiento y colaboración a los servicios técnicos necesarios para llevar adelante las medidas que se adopten; y el Ministerio de Seguridad arbitrará los medios necesarios para dar adecuada respuesta a las demandas específicas vinculadas a la emergencia y a integrar las acciones de las distintas áreas involucradas a través del Sistema Nacional de Alerta Temprana y Monitoreo de Emergencias (SINAME), siendo que dicha labor se orientará a la generación de mapas dinámicos de riesgo que permitan planificar con mayor eficiencia las acciones de apoyo y mitigación federales y la toma de decisiones.

Por su parte, la subsecretaría de Gestión del Riesgo y Protección Civil definirá y articulará las acciones de respuesta para asistir a las poblaciones ribereñas con afectaciones complejas en el río Paraná y su sistema de afluentes; el Ministerio de Transporte arbitrará los medios necesarios para posibilitar la navegación y los accesos a los puertos mientras dure la emergencia; y su par de Ambiente y Desarrollo Sustentable controlará los incendios en las zonas de islas y márgenes mientras dure la emergencia.

Además, el Ministerio de Economía y la Secretaría de Energía tendrán que buscar asegurar el normal abastecimiento de la demanda de energía eléctrica en virtud del “Estado de Emergencia Hídrica”, pudiendo para ello disponer los actos y acciones necesarias para procurar el abastecimiento de los recursos primarios críticos, como los combustibles, ante la potencial pérdida de oferta de generación eléctrica por la afectación de la bajante extraordinaria del río; recurrir a fuentes alternativas de oferta como importación de energía eléctrica y/o combustibles; coordinar acciones de gestión de demanda como la autogeneración y/o el uso eficiente, entre otras.

“Dada la esencialidad que tiene la prestación de los servicios de gas natural y de electricidad, ante congestionamientos de logística producidos por la bajante se deberá, en conjunto con el Ministerio de Transporte y el resto de los organismos intervinientes, dar prioridad a la navegabilidad del transporte de los combustibles”, se especificó.

Por último, se determinó que el Ministerio del Interior realice tareas de coordinación con las provincias afectadas, con el fin de coadyuvar en la implementación de las medidas necesarias entre los distintos niveles de gobierno mientras dure la emergencia, al tiempo que se instruyó al Jefe de Gabinete para que efectúe las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias a los efectos de asignar los créditos, cargos y cualquier otra adecuación que se requiera para el financiamiento de las medidas que se dispongan por aplicación del Decreto.