Habilitan trámite de reunificación familiar a partir del 7 de agosto

A horas de que expire el plazo del cierre de fronteras dispuesto por el Gobierno para contener el ingreso de la variante Delta de coronavirus, la Dirección Nacional de Migraciones habilitará la “reunificación familiar”, trámite que posibilitará el ingreso al país de extranjeros que sean familiares directos de argentinos y que puedan acreditar esa circunstancia. Por Cuarto Intermedio

Aquellos parientes directos de argentinos o residentes en el país que pretendan ingresar al territorio nacional alegando cuestiones de reunificación familiar -ya sea por vínculo directo con nacional argentino nativo o extranjero residente- podrán concretar el trámite ante la compañía transportadora correspondiente.

“Tuvimos que tomar medidas porque el nivel de incumplimiento de la cuarentena de quienes ingresaban al país llegaba al 40% y nos ponía en riesgo a todos. Gracias a las constataciones presenciales de domicilio logramos bajar esa cifra al 10%. Además, en estas semanas que ganamos al ingreso de la variante Delta logramos avanzar en la aplicación de 12 millones de vacunas más. Es por esto que hoy podemos, de forma gradual, empezar a flexibilizar algunas medias empezando por priorizar las familias”, explicó sobre la medida la titular de Migraciones, Florencia Carignano.

No obstante, la funcionara reiteró su pedido a las provincias y al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para que continúen intensificando los controles del aislamiento obligatorio de manera presencial, dado que ello permitirá traer a los argentinos en el exterior más rápido y de forma segura para todos. “Ya vimos, como el caso de Córdoba, el desastre que una persona que incumple puede generar”, ejemplificó.

La reunificación simplificada, entonces, se encontrará disponible desde el sábado 7 de agosto, siendo que para hacer uso de la misma los familiares directos de argentinos y residentes (padres, hijos, hermanos y/o cónyuges), deberán presentar el certificado de nacimiento, matrimonio o de convivencia que compruebe el vínculo directo con el ciudadano argentino (debidamente apostillado o legalizado según corresponda) y la copia del DNI argentino del familiar.

De acuerdo a lo establecido, las personas que ingresen deberán realizar un PCR en el lugar de origen 72 horas antes del abordaje y adjuntar el resultado negativo a la DDJJ -además, deberán contratar seguro médico COVID-.  Al llegar, realizarán test de antígenos que de resultar negativo les permitirá completar el aislamiento obligatorio según lo determine la jurisdicción donde fije domicilio.

Por último, 7 días después del arribo, deberán realizar un nuevo PCR.

Esta opción se encontrará disponible sólo al realizar el arribo por los corredores sanitarios habilitados, los cuales son el Aeroparque Jorge Newbery, Aeropuerto de San Fernando, Aeropuerto Internacional de Ezeiza y Puerto de Buenos Aires (Terminal de Buquebús).