Extienden facilidades para regularizar el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

La medida de la Administración Federal de Ingresos Públicos fue oficializada a través de la Resolución General 5109/2021 publicada en el Boletín Oficial. Establece que hasta el 31 de enero de 2022 no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo. Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que hasta el 31 de enero de 2022 no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.

De esta manera, los contribuyentes contarán con la posibilidad de regularizar, desde el primer día del mes de vencimiento de la obligación de pago hasta el último día del mes siguiente, el saldo resultante de la declaración jurada junto con los intereses resarcitorios y las multas que pudieran corresponder.

“En virtud del objetivo permanente de esta Administración Federal de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, se considera procedente extender nuevamente el plazo”, se expresó entre los considerandos de la medida.

El plan de pagos, entonces, contará con las siguientes condiciones:

-Pago a cuenta del 25% de la deuda consolidada.

-Máximo de 3 cuotas.

-Tasa de financiamiento prevista en la Resolución General N.º 4057.

-No se considera la categoría del “SIPER”.

El beneficio -se aclaró- alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D del “SIPER”; y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.