Actualizan el valor para las transferencias de vehículos alcanzadas por el CETA

Por medio de la Resolución General 5187/2022, la Administración Federal de Ingresos Públicos determinó que a partir del 1° de mayo de 2022 las personas que transfieran autos y motos usadas deberán confeccionar el CETA cuando la operación supere los $2.400.000  Por Cuarto Intermedio

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió actualizar el valor a partir del cual es obligatorio emitir el Certificado de Transferencia del Automotor (CETA) para la compraventa de los vehículos usados.

Dicho certificado, cabe mencionar, se tramita en forma gratuita a través del sitio web del organismo recaudador, con o sin clave fiscal.

A partir del 1° de mayo próximo, entonces, la obligación debe cumplirse cuando el precio pactado para la transferencia o el valor de la tabla de valuaciones de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios sea igual o superior a $2.400.000 (el valor anterior, vigente desde 2019, era de $800.000).

Cabe recordar que en el CETA debe consignarse el dominio, marca, modelo y fábrica del tipo de vehículo que se transfiere, como así también la identificación del vendedor y el porcentaje de titularidad y los datos del comprador.