Oficializan pago del bono de 6 mil pesos para jubilados y pensionados

El “subsidio extraordinario” está destinado a jubilados y pensionados que perciban ingresos por hasta un haber mínimo equivalente a $32.630. Por otra parte, aquellos que tengan ingresos entre $32.630 y $38.630, recibirán la diferencia hasta completar dicho monto. Se abonará los días hábiles según terminación de DNI, a partir del próximo 18 de abril. Por Cuarto Intermedio

Por medio del Decreto 180/2022 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó el otorgamiento de un “subsidio extraordinario” por un monto máximo de $6.000 que se abonará en abril de 2022 a los beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), así como también a los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM); y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Por tanto, entonces, se dispuso que para aquellos titulares que por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto equivalente de hasta $32.630,40, el subsidio extraordinario será equivalente a $6.000; y para aquellos que por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior a dicho monto, el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $38.630,40.

Asimismo se aclaró que para percibir el subsidio extraordinario, los beneficios deben encontrarse vigentes en el mismo mensual en que se realice su liquidación.

Por otro lado, se estableció que en el caso de beneficios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, estos deberán ser considerados como un único titular a los fines del derecho al subsidio extraordinario que se otorga, a la vez que se remarcó que el beneficio no alcanza a los Regímenes de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias, cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado Nacional, cuando fuere su único beneficio.

Cabe señalar que para percibir el bono, no es necesario realizar ningún tipo de trámite ya que será depositado en la fecha indicada de forma automática y en la misma cuenta donde regularmente cada jubilado cobra sus haberes.

¿Cuándo se abona?

-LUNES 18 DE ABRIL: documentos terminados en 0.

-MARTES 19 DE ABRIL: documentos terminados en 1.

-MIÉRCOLES 20 DE ABRIL: documentos terminados en 2.

-JUEVES 21 DE ABRIL: documentos terminados en 3.

-VIERNES 22 DE ABRIL: documentos terminados en 4.

-LUNES 25 DE ABRIL: documentos terminados en 5.

-MARTES 26 DE ABRIL: documentos terminados en 6.

-MIÉRCOLES 27 DE ABRIL: documentos terminados en 7.

-JUEVES 28 DE ABRIL: documentos terminados en 8.

-VIERNES 29 DE ABRIL: documentos terminados en 9.