Letras del Tesoro


Emiten y amplían Letras del Tesoro en pesos

Por medio de la Resolución Conjunta 23/2020 publicada en el Boletín Oficial, las Secretarías de Finanzas y de Hacienda dispusieron la ampliación de la emisión de Letras del Tesoro por un monto de hasta $4.000 millones, así como también la emisión de otras ajustadas por CER a descuento por $29.000 millones.


El Gobierno tomó deuda con fondos de la ANSES

Por medio de la Resolución Conjunta 22/2020 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso la emisión de deuda pública, tanto en pesos como en dólares. Se tratan de Letras a ser suscriptas por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS).




Emiten Letras del Tesoro por 9 mil millones de pesos

Por medio de la Resolución Conjunta 16/2020 publicada en el Boletín Oficial, las Secretarías de Finanzas y de Hacienda dispusieron la emisión de deuda por ese monto y a 63 días de plazo. La amortización será íntegra al vencimiento y los intereses a cupón cero a descuento.



Oficializan ampliación de la emisión de Letras del Tesoro por $6.000 millones

Las Secretarías de Finanzas y de Hacienda decidieron ampliar las Letras del Tesoro en pesos BADLAR Privada más 200 puntos básicos por hasta 6 mil millones de pesos. De esta manera, se dispuso la afectación del monto emitido y no colocado de las Letras que habían sido emitidas originalmente el 27 de diciembre de 2019 por más de $593 millones.


Amplían y emiten Letras del Tesoro por un total de $24 mil millones

Las Secretarías de Finanzas y de Hacienda resolvieron ampliar la emisión de las “Letras del Tesoro en Pesos BADLAR Privada más 175 puntos básicos con vencimiento 28 de mayo de 2020” por 10 mil millones de pesos, al tiempo que dispuso la emisión de otras por un monto de hasta 14 mil millones de pesos.


Emiten Letras del Tesoro por 5 mil millones de pesos

Por medio de la Resolución Conjunta 5/2020 publicada en el Boletín Oficial, las Secretarías de Finanzas y de Hacienda dispusieron la emisión de Letras por ese monto y a 180 días de plazo. La forma de colocación de las mismas será mediante suscripción directa y gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.