La Corte revocó un fallo que avala la detención de menores en La Plata

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires volvió a dictaminar por la prohibición de apresar menores por averiguación de antecedentes. (Cuarto... Por Cuarto Intermedio

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires volvió a dictaminar por la prohibición de apresar menores por averiguación de antecedentes.

(Cuarto Intermedio – 7 de mayo de 2010)- El largo y espinoso trámite judicial en torno de la posibilidad de que la Policía pueda detener o no menores en las calles de La Plata por averiguación de antecedentes o faltas contravencionales sumó un nuevo capítulo. La Suprema Corte provincial revocó un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo platense que había convalidado esos procedimientos.Pero además el máximo tribunal pidió a los jueces de la Sala I de esa Cámara que emitan “con carácter de muy urgente” un nuevo dictamen que atienda el fondo del asunto. Esto es, la constitucionalidad o no de las normas que prevén la aprehensión o detención de menores en ese tipo de situaciones.De esa forma el tribunal de segunda instancia deberá volver a emitir un fallo sobre esta cuestión -originada en la presentación de un corpus colectivo y apelado por el Ejecutivo provincial-, sin basarse esta vez en aspectos formales, sino atendiendo el debate de fondo sobre la constitucionalidad de las normas.La decisión de la Corte vuelve a abrir una instancia en este complejo derrotero jurídico que viene cursando el planteo de un grupo de defensores oficiales del Fuero de Responsabilidad Juvenil. Encabezados por Julián Axat, los funcionarios judiciales habían recurrido a la Justicia para que hiciera lugar a un hábeas corpus colectivo que frenara la detención por averiguación de antecedentes de menores en nuestra ciudad.El planteo obtuvo en primera instancia un fallo favorable del titular del juzgado nº 1 en lo Contencioso Administrativo de La Plata, Luis Arias, a través del cual se vedó la posibilidad de detener menores por contravenciones, averiguación de identidad, pedidos de captura o para ser “entregados a sus familias”. Pero esa resolución fue apelada por el ministerio de Seguridad provincial, y la Cámara Penal platense revocó la decisión de Arias, devolviendo esa facultad de la Policía.Lejos de cerrarse, el conflicto volvió a abrirse a partir de una nueva presentación de los defensores de Menores, esta vez ante la Suprema Corte que, en diciembre del año pasado, revocó el fallo de la Cámara y le ordenó dictar un nuevo pronunciamiento abordando “integralmente” la decisión de Arias y expidiéndose sobre el fondo del conflicto y no en base a cuestiones de índole formal.La Cámara en lo Contencioso Administrativo volvió a fallar en el mismo sentido en marzo pasado, con el argumento de que el asunto sometido a tratamiento no resulta un “caso concreto, cierto e inminente” sino “meramente conjetural”, por lo cual el pedido de la Corte “es improcedente”.Una nueva apelación del defensor Julián Axat derivó, ahora, en un fallo de la Corte a través del cual el máximo tribunal pide a la Cámara nuevamente que se expida sobre el fondo del asunto para que dictamine sobre la decisión de Arias de declarar la inconstitucionalidad de las normas (el decreto ley 8.031 y el Artículo 15 de la ley 13.482), que prevén la detención de menores de 18 años en este tipo de casos.