Acción de clase

La Cámara en lo Civil y Comercial acaba de tomar una decisión que podría alterar, positivamente por cierto, el esquema en el que se desenvuelve... Por Cuarto Intermedio

La Cámara en lo Civil y Comercial acaba de tomar una decisión que podría alterar, positivamente por cierto, el esquema en el que se desenvuelve la actividad comercial de las empresas de transporte aéreo.

(Cuarto Intermedio – 29 de junio de 2010)- Una organización de consumidores denominada Proconsumer presentó un reclamo para que la empresa española Iberia sea condenada a indemnizar todos los pasajeros que se quedaron varados en la Argentina por esa práctica tan habitual que consiste en la sobreventa de pasajes. Se trata de una operatoria que busca recudir a cero la posibilidad de que los aviones salgan con plazas libres. “Es preferible que sobren pasajeros a que sobren asientos”, explican los operadores de las aerolíneas.Proconsumer presentó una “acción de clase”. Ese mecanismo no existe en la ley argentina, pero la Corte Suprema lo creó a través de un fallo. Y los camaristas Alfredo Gusman, Ricardo Guarinoni y Santiago Kiernan, aceptaron tratar el reclamo de Proconsumer como una acción de alcance colectivo, a favor de todos los que con un boleto legal y pagado, se quedaron afuera de un vuelo. Por ahora es sólo de la admisión de la causa, sin adelantar qué resolverá sobre el reclamo en sí. “Esta apreciación está referida exclusivamente a la legitimación de Proconsumer para entablar tal acción y no implica juicio alguno acerca de la eventual procedencia del reclamo, que por cierto no corresponde examinar en el estado actual de la causa”, dice el fallo.