La Corte y las armas

Los sistemas de gobierno de EE.UU. y Argentina son, en algún punto, similares. Ambos poseen un régimen representativo, republicano y federal; la Constitución estadounidense inspiró,... Por Cuarto Intermedio

Los sistemas de gobierno de EE.UU. y Argentina son, en algún punto, similares. Ambos poseen un régimen representativo, republicano y federal; la Constitución estadounidense inspiró, en una buena medida, la pluma de Juan Bautista Alberdi y el diseño de nuestra Carta Magna.

(Cuarto Intermedio – 2 de julio de 2010)- Pero a 200 años de la Revolución de Mayo, es la Suprema Corte de los Estados Unidos quien, por su prestigio, le sirve de referencia a las cortes y tribunales del mundo (y a la Argentina, por supuesto) en diversos temas que están sujetos a interpretación. Es por ello que, tras el reciente fallo del alto tribunal estadounidense en lo que a la portación de armas se refiere, merece la pena detenerse y tomar la oportunidad para reflexionar acerca de lo nuestro. Hace dos años, en 2008, el citado tribunal sostuvo, en el fallo DC v Heller, que el derecho a portar armas establecido en la segunda enmienda aplica a todos los individuos, y no sólo a las milicias. La sentencia concluye (ambigua, por cierto), que el derecho del pueblo a poseer y portar armas no deberá ser infringido. Dado que Washington DC es un enclave del gobierno federal, en ese entonces la sentencia no se hizo extendible a todo el país. Ahora, dos años más tarde, en el fallo McDonald v Chicago, la Corte dijo, nuevamente en una votación 5-4, que este derecho debe ser aplicado no sólo por el gobierno federal, sino también por los gobiernos estaduales y locales.Hasta aquí, mucho de lo esbozado (y eso que no he ahondado más en la jurisprudencia ni en los poderosos lobbies a favor de las armas, como la National Rifle Association) parece revestir un carácter meramente académico. Pero vayamos a los hechos. En un año promedio en Estados Unidos, más de cien mil ciudadanos son heridos de bala; treinta mil de ellos fatalmente. Sin embargo, ha caído la demanda por mayores controles: de 59% en 1994 a 40% el pasado abril, de acuerdo a una encuesta de la cadena CBS News, publicada en el prestigioso semanario The Economist. Los controles tienden a ser mas populares en las ciudades, y más impopulares en las zonas rurales. Por lo tanto, por más prestigio que la citada Corte tenga, este tipo de fallos pueden volverse difíciles de digerir.En la Argentina, por el contrario, no existen lobbies tan poderosos como en Estados Unidos. Tampoco puede decirse que el derecho a portar armas es una de las libertades esenciales sobre las cuales se fundó nuestra nación (hoy las milicias en boga no luchan por la independencia, sino por sus negocios). Sin embargo, la inseguridad no da tregua y seguimos llorando la muerte de ciudadanos inocentes a manos de personas que utilizan las armas con un vil cometido. Para citar algunos ejemplos, en la Argentina las armas de fuego constituyen la segunda causa de muerte y han sido la primera en la Ciudad de Buenos Aires en el año 2004, superando a las muertes ocasionadas por accidentes de tránsito.El gobierno nacional, a través del Registro Nacional de Armas, lanzó el Plan Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, con el propósito de reducir la cantidad de armas en manos de civiles a partir de la recolección de armas de forma voluntaria y anónima a cambio de un incentivo económico. A la fecha, se entregaron en todo el país más de ciento siete mil armas y setecientas setenta y cuatro mil municiones. Este número representa el 8,5% del total de armas registradas en manos de usuarios civiles. Un plan similar en Brasil logró que, por primera vez en varios años, la recolección de más de cuatrocientas cuarenta mil armas contribuyesen a un descenso del crimen con armas de fuego de un 8%.La inseguridad no tiene una solución mágica. Debe abordarse con una visión que incorpore distintas herramientas y formas de accionar para así poder vencer el problema. Allí, es de suma importancia profundizar las iniciativas contra el desarme.  Es cierto, la Corte estadounidense sirve de referencia para muchos temas. ¿Debería serlo también para este?