La norma sancionada por la Legislatura de la provincia de Buenos Aires crea un registro para manifestar voluntad ante enfermedades terminales.
(Cuarto Intermedio – 16 de julio de 2010)- Los ciudadanos de la Provincia podrán anticipar su voluntad sobre qué tipo de tratamientos médicos recibir en caso de padecer una enfermedad terminal que les impida manifestar su decisión sobre su salud y sus bienes. Así lo contempla una ley sancionada por la Legislatura bonaerense que dispone la creación de un “Registro de Actos de Autoprotección”.El proyecto, impulsado por diputados del GEN, había sido aprobado por la Cámara Baja y girado al Senado, que ahora lo convirtió en ley. Y ya anticipa una polémica ante la posibilidad que abre para que los bonaerenses puedan, entre otras cosas, manifestar anticipadamente su decisión de no recibir determinados tratamientos médicos en caso de padecer enfermedades terminales que así lo requieran.La denominada autoprotección de las personas es un instituto que posibilita a un ciudadano “manifestar anticipadamente, en previsión de la pérdida de la capacidad natural o la concurrencia de circunstancias clínicas que le impidan expresar su voluntad en el futuro, lasdisposiciones y las estipulaciones a tener en cuenta en referencia a su vida y su cuidado personal”, dice la norma.También se podrán anticipar las medidas que deberán adoptarse sobre la administración de su patrimonio, la elección de un posible lugar de internación (geriátricos, psiquiátricos, centros de salud), como así también el consentimiento o el rechazo con respecto a los tratamientos médicos que pudiesen indicársele en ese momento.Tras la sanción, el autor del proyecto, el diputado provincial Abel Buil, explicó que la iniciativa fue redactada “inspirada filosóficamente en el respeto a la autodeterminación y a la libre decisión de los bonaerenses”. Y agregó que “hay ciertas cuestiones de una persona, como el cuidado de su propia vida y de su patrimonio, sobre las cuales el ciudadano tiene derecho a decidir libremente, sin intervención de terceros, aún cuando se trate de parientes o seres queridos”.La ley, que se inspira además en el Registro de Actos de Autopreservación que funciona desde el 2005 en el marco del Colegio de Escribanos de la Provincia, crea un registro similar para cualquier ciudadano de la Provincia. A través de ese mecanismo, se le asegura a quienes manifiesten su voluntad allí, que su determinación ante la eventualidad de sufrir una enfermedad terminal será dada a conocer “con rapidez y certeza”.“Se hará valer la voluntad ante la eventual intervención de terceras personas que quieran modificarla”, se explicó.El Registro, que comenzará a funcionar una vez que el Poder Ejecutivo promulgue la ley, será de carácter reservado y sólo podrá ser consultado por la persona que haya manifestado su voluntad, por el juez competente o, eventualmente, por las personas habilitadas por el titular.“Se trata de un problema de vida, no de muerte, un problema de la vida que nos toca. A lo mejor, la persona está pidiendo que no lo pongan en terapia intensiva o que sí, disposiciones fundamentalmente para el tema de salud y también cuestiones patrimoniales: (tales como) ‘No quiero que intervenga en la administración fulano sin mengano’”, precisan los fundamentos de la normativa.