Regirán desde 2011 y serán similares a los que dispone Arba para morosos impositivos. Los autoriza un artículo del Presupuesto.
(Cuarto Intermedio – 23 de noviembre de 2010)- El gobierno bonaerense se dispone a poner en práctica desde el próximo año un sistema por el cual, quienes cometan infracciones de tránsito y no hayan pagado en término, podrán hacerlo acogiéndose a planes de cancelación en cuotas. Esta iniciativa está contemplada en el artículo 66 del proyecto de Presupuesto 2011 que se discute por estas horas en la Legislatura bonaerense y, básicamente, pretende replicar los programas de facilidades de pago que utiliza Arba para los morosos impositivos.El mencionado artículo autoriza a la Jefatura de Gabinete a establecer un régimen para la regularización de las deudas vinculadas a infracciones de tránsito. Así, ese organismo podrá definir esos programas y establecer la cancelación de deudas incluso con reducción de recargos, antes de la iniciación de juicio de apremio, es decir, cuando el trámite aún está enetapa prejudicial.Pero los planes serán aún más abarcativos. Es que ya en etapa de apremios, la Fiscalía de Estado podrá también establecer para los infractores que se encuentren en esa situación cuotas, convenios y para algunos casos reducciones en los recargos. En ningún caso el Gobierno podrá ni reducir ni eximir el capital adeudado.Del 100% de las capturas se notifican entre el 40 y el 45% de los vehículos detectados por radares, debido a que el resto constituye excesos contemplados dentro de la Ley Nacional de Tránsito. Por ejemplo, no se notifican las infracciones que exceden la velocidad en menos del 10% de lo admitido, o las generadas por aquellos conductores que realizan maniobras típicas de manejo o bien corresponden a vehículos cuyos titulares dominiales no son identificados.De acuerdo a los datos oficiales, el sistema de radarización de la Provincia tiene un 72% de cobrabilidad. Del total de los infraccionados, un 27% realiza el pago voluntario (que abona un 50% del total de la multa) y un 10% paga la multa cuando recibe la segunda notificación sin juzgamiento (o sea el 100% del valor de la multa ya que se vence el beneficio del pago voluntario).Por otra parte, el 90% de los que espera a la instancia de citación judicial y es multado, abona la multa.