El paraguas de protección gremial está pensado para evitar que por la defensa de los derechos de los trabajadores un delegado pueda ser despedido. Pero no para que un delegado tenga impunidad para cometer delitos. Y mucho menos si es en el ejercicio de la función pública.
(Cuarto Intermedio – 17 de enero de 2011)- Así lo entendió la Cámara Laboral, que avaló el despido de un empleado del Gobierno porteño investigado judicialmente por el presunto “requerimiento de 30.000 pesos de ‘coima’ a un transportista”. El tribunal reconoció que el delegado todavía no fue condenado en juicio oral. Pero la imputación es de tal magnitud que alcanza para determinar que se ha violado la confianza recíproca para continuar la relación laboral.El cesanteado había obtenido en primera instancia su “reinstalación con un trámite sumarísimo de exclusión”, al mismo tiempo que un tribunal “declaró la nulidad de las resoluciones que exoneraban al trabajador, fundando su decisión en la falta de sentencia definitiva, pasada en autoridad de cosa juzgada, en el expediente penal en el cual fuera procesado por exacciones ilegales y que se encuentra actualmente con elevación a juicio”.El gobierno porteño “ha acatado el régimen imperativo y ha contado con elementos suficientes para instar la extinción del vínculo, sin que pudiera sostenerse que subyace una persecución sindical”, sostuvo la cámara al darle la razón al gobierno porteño.