El máximo tribunal de justicia de la provincia de Buenos Aires, hizo lugar a una cautelar y suspendió la aplicación de requisitos previstos por la ley de internas cuestionados por la oposición.
(Cuarto Intermedio – 7 de junio de 2011)- La Suprema Corte de Justicia bonaerense declaró la inaplicabilidad de varios artículos de la Ley de Internas y dejó sin efecto los requisitos que plantea esa norma a los partidos políticos en materia de adhesiones para las candidaturas de gobernador y vice y legisladores provinciales.El fallo hace lugar parcialmente a una medida cautelar pedida por los apoderados de la Coalición Cívica, y destaca que en las condiciones y plazos planteados por la norma, las agrupaciones “no cuentan con el tiempo razonablemente necesario” para reunir esos avales.Las normas alcanzadas por la resolución son aquellas que fijan el número y los requisitos bajo los cuales se deben acreditar las adhesiones para las candidaturas de gobernador y vicegobernador, senadores y diputados provinciales, detalló el máximo tribunal a través de un comunicado.En cuanto a la exigencia prevista para las candidaturas distritales, con un piso de 200 adherentes, el Tribunal señaló que “no se advierte imposibilidad material para cumplir con las exigencias de la mencionada norma”, por lo cual no hizo lugar al planteo de la fuerza que lidera Elisa Carrió en relación a este punto.En su decisión, la Suprema Corte sostuvo que “a fin de garantizar principios fundamentales del derecho electoral como los de participación y representatividad popular, cabe exhortar a los restantes poderes del Estado a regular los procesos electorales con sentido de oportunidad, y, en particular, a la Junta Electoral, a tener presente lo que aquí se decide”.Hace diez días, la Coalición Cívica solicitó a la Corte provincial que ordene la suspensión de la aplicación de los artículos 4, 5 y 6 de la Ley 14.086, por considerar “excesivos” los avales exigidos para la presentación de candidatos. El apoderado de esa fuerza en la provincia, Walter Martello, denunció en su presentación ante el máximo tribunal, que a esa agrupación le es “imposible” cumplir los requisitos en materia de avales a las postulaciones.La norma disponía que para las categorías de gobernador y vice los avales deberán alcanzar el dos por ciento del padrón general; para las candidaturas de legisladores provinciales el 4 por mil del padrón seccional, y para las locales el 4 por mil del padrón de cada distrito.En la Provincia, según datos de la Junta Electoral, hay 10.607.918 ciudadanos en condiciones de votar, lo que significa que cada partido político que presente candidaturas a gobernador y vice deberá presentar un total de 21.216 avales.Para la presentación de candidatos a legisladores, la cantidad de avales varía de acuerdo a la sección electoral. Para tomar un ejemplo, la Octava sección electoral, correspondiente a La Plata, cuenta con un padrón de 470.363 electores, por lo que los partidos deberán presentar 1.881 adhesiones.