Los mendocinos, además de votar presidente, vicepresidente, cinco diputados nacionales, gobernador y vicegobernador, legisladores, intendentes y concejales, deberán decidir si aceptan o no reformar un artículo de la Constitución provincial referido a sus futuras modificaciones.
(Cuarto Intermedio – 18 de octubre de 2011)- En un sobre distinto al que usarán para colocar sus candidatos favoritos (y en otra urna), resolverán si aceptan o no reformar el artículo 221 de la Constitución provincial “que define el mecanismo para que las reformas que se planteen (en el futuro) puedan concretarse”, según establece la ley sancionada el 22 de diciembre de 2010.El artículo que se pretende modificar establece que para que una reforma constitucional sea viable, necesita obtener en un plebiscito el aval de la mitad más uno de los electores empadronados, pero peronistas y radicales coincidieron en impulsar una redacción que considere como mayoría válida a la mitad más uno de los votos efectivos que haya en los comicios. Los demócratas se oponen.El “sí” deberá obtener más de 615.188 votos para que los cambios se concreten. En 2009, un plebiscito para otorgar la reelección indefinida a los intendentes, fracasó por no llegar al piso de votos.