La Corte Suprema de Justicia dejó firme un fallo de un tribunal de Catamarca contra un ex funcionario y un empresario que alquilaron un predio a un club para subalquilarlo a la cadena de supermercados Disco.
El fallo ordena el reintegro del dinero, tal como por unanimidad lo había resuelto la Cámara Civil, Comercial, de Minas y del Trabajo de Segunda Nominación de Catamarca.
En esa instancia, los jueces Manuel de Jesús Herrera, Nora Velarde de Chayep y Jorge Eduardo Crook, consideraron que en los contratos de locación y sublocación celebrados entre el Club Américo Tesorieri y Urbe S.R.L. y Urbe S.R.L. y Disco S.A., respectivamente, estuvieron viciados de nulidad y dispusieron “el reintegro recíproco de las prestaciones habidas entre las partes y el reintegro de las sumas retenidas”.
“La desmesura y desequilibrio que fluye de la compulsa de los dos contratos celebrados, además, existía al momento del acto y sin duda subsistía al momento de instaurar la demanda (el 4 de septiembre de 2001), porque la relación ‘pileta de natación y arreglo de sanitarios – a – 15.000 U$S mensuales (como mínimo)’, constituye una ‘inecuación’ cuyo desequilibrio es ostensible aún hoy”, sostenía el fallo.
En su último acuerdo, la Corte Suprema, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi y Juan Carlos Maqueda, dejó firme la sentencia.