Una procuradora adjunta heredada de la vieja guardia de la Procuración General de la Nación, previo al desembarco de Alejandra Gils Carbó, le dio una buena noticia al gobierno: dictaminó en contra del pago de títulos de la deuda pública a tenedores de bonos que hubieran rechazado el proceso de canje “estando en condiciones de hacerlo”.
La procuradora adjunta Laura Monti, en consonancia con fallos de la Corte Suprema de Justicia, opinó que el Estado está facultado para que, “en épocas de graves crisis económicas”, tomar medidas excepcionales en torno al pago de la deuda.
Esa facultad permite que “limite, suspenda o reestructure los pagos… con el fin de adecuar sus servicios a posibilidades reales de finanzas públicas, a la prestación de los servicios esenciales y al cumplimiento de las funciones estatales básicas que no pueden ser desatendidas”.
En el caso, no se trató de fondos buitres sino de un tenedor local de “certificados de custodia y de certificados de crédito fiscal” que quedaron afectados por la crisis de fines de 2001.
Monti citó fallos de la propia Corte, con la actual y la anterior formación de la “mayoría automática”, que “estableció una doctrina de amplios alcances -con respaldo en un principio de derecho de gentes- en lo concerniente a las facultades del Estado” ante situaciones de emergencia.