El Hospital Aeronáutico Central deberá resarcir con cien mil pesos más intereses a una enfermera que fue amenazada en la unidad de terapia intensiva por un paciente.
La Cámara Laboral consideró que “no se encuentra acreditado en autos que el Hospital Militar haya adoptado las medidas necesarias, a los fines de asegurar la integridad psicofísica de la trabajadora, y evitar un desenlace como el ocurrido”.
Ello, sumado que “los profesionales de la salud se encuentran expuestos a sufrir hechos de agresiones tanto verbales como físicas, por parte de los pacientes, o familiares de ellos, que tal vez estando gravemente enfermos, o no, los urge una respuesta rápida, y no pueden controlar la ansiedad”, cerró la condena para el nosocomio dependiente de las fuerzas armadas.
Además, existió desidia, porque el hospital “no produjo ningún elemento de prueba, para demostrar por ejemplo haber efectuado una investigación exhaustiva del hecho, la denuncia policial de la amenaza, ni de haber implementado un plan de mejoramiento del sistema de seguridad, y protección tanto de los empleados, como de los pacientes”.
Las autoridades del hospital negaron que el episodio hubiera ocurrido, y argumentó que no había quedado registrado en las cámaras de seguridad, pero el tribunal replicó que la explicación oficial fue que la filmación “no se pudo ver por supuestos problemas técnicos”.
Los jueces replicaron que la “lacónica constancia de que ‘no se pudo ver por problemas técnicos’, sin indicar cuál era su naturaleza, en qué momento se produjeron y quién con la suficiente versación técnica los detectó, es lisa y llanamente inadmisible”.