Un tribunal de Neuquén convirtió una decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en una medida de cumplimiento obligatorio para la Argentina, en defensa de los derechos de los pueblos originarios.
La Cámara de Apelaciones de San Martín de los Andes dispuso el “cumplimiento de una medida cautelar dictada por la CIDH” en relación con “medidas cautelares a favor de Miembros indígenas de la comunidad Mapuche Lof Paichil Antriao en Argentina”.
Ante la falta de respuestas a nivel local, los representantes de la comunidad mapuche recurrieron a la CIDH, y ese organismo “solicitó al Estado de Argentina que adoptara las medidas necesarias para garantizar que la medida judicial de no innovar que actualmente protege al Rewe ubicado en el predio objeto del litigio no sea levantada”.
Se trata de “prácticas rituales” que los representantes de los pueblos originarios podrán llevar a cabo “sin que la Policía u otros grupos de seguridad o vigilancia públicos o privados obstaculicen su acceso y permanencia en el lugar durante el tiempo que quieran, y sin que se presentaran episodios de violencia, agresión, hostigamiento o amenazas por parte de la Policía o de tales otros grupos de seguridad”.
La Cámara resolvió “estar a lo requerido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, órgano por el que se está tratando el pedido”, es decir, mantuvo en vigencia las medidas cautelares que protegen los derechos de la comunidad mapuche.